Como estan,soy de Córdoba y quería preguntarles por un juicio de daños y perjuicios donde soy demandada. Ya se produjo toda la prueba y la parte actora no pide la clausura ni los alegatos. Lo que hace es evitar la perención acompañando escritos de "contituye nuevo domicilio" y estaba por cumplirse el año ya... Mi pregunta es si yo, como demandada tambien puedo pedir la clausura y que pasen los autos a alegatos.