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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1051333  por CrisGarcia
 
Hola a todos, Agradezco si alguien me puede ayudar. Soy contadora y tengo un cliente que tiene 61 años, unos pocos años en relación de dependencia trabajados entre 1975 y 1981. Está pagando desde hace tres años Monotributo. Su abogado le dijo que yo le arme una moratoría de acuerdo a la ley 24476. Lo llamé para plantearle mis dudas y me respondió que de moratorias me tenía que encargar yo que él después se encargaba de la jubilación. Estuve leyendo y hay algo que no me quedó del todo claro. Mi consulta es: Yo le declaré entre 1971 y 1993 diecisiete años que es lo que estimo va a necesitar cuando llegue a los 65 (Llego bien justo). Traté de hacerlo fuera de los períodos en los que tiene certificado de trabajo para evitar superposición(Le estoy pidiendo que saque la clave del ANSES porque por internet me remite al UDAI y nunca tiene tiempo) . Ahora me pregunto:Puede iniciar la moratoria ahora sin tener edad para jubilarse (un colega me dijo que no, pero por ahí leí por aquí que no está prohibido lo que no se especifica en la ley). Yo armé en periodos de reserva pero no agregué los que trabajó en relación de dependencia. Simplemente envío el plan de pagos que me dió? Muchísimas gracias por su ayuda
 #1051334  por corave55
 
Sin entrar a revisar los períodos, te contesto que sí puede acogerse a la moratoria vigente hasta el 09/93, liquidando tantas cuotas como meses le falten para los 65 a.
Abonarlas en el vto. señalado por el sistema.
Hay muchos posteos y opiniones al respecto, dales una miradita.
El derecho previsional tiene muchas aristas y es complicado ejercerlo sin estudiar bastante en primer término.
Vos sabrás tu responsabilidad como profesional liberal que sos. Slds.
 #1051345  por CrisGarcia
 
Hola Corave, gracias por tu respuesta. Hace tres días que estoy buscando y de acuerdo a mi criterio se podía hacer pero algunos comentarios me indicaban que no. Como sabrás la práctica tiene muchas aristas y que en la ley cuesta ver. La verdad es que solo tengo que hacer la moratoria porque el abogado de esta persona no la quiere hacer. Me dijo que yo soy la contadora (supuestamente experta en moratorias) y no le contesté porque sino iba a traerle un dolor de cabeza a mi cliente. A mi se me complica porque tengo justamente miedo de mandarme una macana. Pero bueno, me lo tomo con calma. Muchas gracias nuevamente. Por ejemplo hoy entré y en la deuda actual (períodos de Monotributo vigente) veo que está como deuda el período actual que me dice lo pagó anteayer por internet. (Todavía no es exigible) y no se que hacer, si tengo que darle bolilla o no. Esto por supuesto para él es parte del abono. Pero para mi una complicación. Gracias nuevamente
 #1051346  por corave55
 
Puede ser que no haya impactado el pago aún en el sistema, entiendo que el plan no ha sido enviado aún, verdad?
Si tiene las constancias de pago no habría ningún problema, tenelo en cuenta para la contabilización de los períodos.
 #1051358  por Damianlex
 
CrisGarcia escribió:Hola a todos, Agradezco si alguien me puede ayudar. Soy contadora y tengo un cliente que tiene 61 años, unos pocos años en relación de dependencia trabajados entre 1975 y 1981. Está pagando desde hace tres años Monotributo. Su abogado le dijo que yo le arme una moratoría de acuerdo a la ley 24476. Lo llamé para plantearle mis dudas y me respondió que de moratorias me tenía que encargar yo que él después se encargaba de la jubilación. Estuve leyendo y hay algo que no me quedó del todo claro. Mi consulta es: Yo le declaré entre 1971 y 1993 diecisiete años que es lo que estimo va a necesitar cuando llegue a los 65 (Llego bien justo). Traté de hacerlo fuera de los períodos en los que tiene certificado de trabajo para evitar superposición(Le estoy pidiendo que saque la clave del ANSES porque por internet me remite al UDAI y nunca tiene tiempo) . Ahora me pregunto:Puede iniciar la moratoria ahora sin tener edad para jubilarse (un colega me dijo que no, pero por ahí leí por aquí que no está prohibido lo que no se especifica en la ley). Yo armé en periodos de reserva pero no agregué los que trabajó en relación de dependencia. Simplemente envío el plan de pagos que me dió? Muchísimas gracias por su ayuda
Estimada, debería calcular la cantidad de aportes que tendría su cliente una vez cumplida la edad (65 años) y el faltante lo puede "comprar" por moratoria (ley 24476). Se puede adherir al plan aun no teniendo la edad.

Saludos
 #1051374  por MATANGA19
 
Perdón, si no entendí mal su cliente fue a un abogado/a para que le vaya preparando la jubilación por la moratoria previsional, y el abogado/a se lavo las manos tirándole el problema a usted que es contadora y no abogada previsionalista?
Nunca soy de critacar a mis colegas, lo pueden ver en los distintos post, pero gente como esta abogada/o me dan bronca, perdón que descargue pero la abogada va a cobrar 2 o 3 haberes cuando el trabajo lo hizo usted que no es abogada previsionalista y no tiene porque saber el tema de la moratoria previsional.
 #1051402  por noemiadriana
 
Buenos dias. Puede adherirse ahora a la moratoria, el problema es que si esta pagando monotributo, cuando le llegue la edad para jubilarse, va a tener que darla de baja para agregar a la liquidación el monotributo que esta pagando y coincido con Matanga19, seguramente ese abogado/a no tiene ni idea de previsional, y por no derivar el caso a un profesional responsable va a perjudicar al cliente. Suerte.
 #1051427  por CrisGarcia
 
Estimados muchísimas gracias y con respecto al abogado de mi cliente. El, para mi, no sabe demasiado del tema, ya que es un abogado generalista. La situación es esta: Mi cliente tiene un abogado conocido que es "amigo" y tiene varias causas por otros motivos. Yo llevo desde hace tres años la parte tributaria de él y su hijo que tiene una pequeña empresa. Cobro un abono, pero cada vez viene con problemas distintos y complicaciones tributarias de años que hicieron las cosas mal. Por lo tanto termino siendo todo servicio. (Se que es culpa mia) Al margen de eso, mi cliente lo consultó por la jubilación y el abogado me tiró el tema de la moratoria a mi que ya estoy bastante loca con el plan de pagos de la RG 3630 que está venciendo ahora. Y encima están apurados porque con la nueva moratoria tienen miedo que quede sin vigencia esta otra. Lo llamé por teléfono para que me aclare ciertas cosas porque yo me pongo a leer y leo pero tengo miedo de hacer algo mal y perjudicarlo, como por ejemplo no estaba segura de poder presentarla si no tenía la edad jubilatoria (Uds. ya me lo aclararon) también tenía y tengo la duda con respecto al beneficio del articulo 3ro. De si le corresponde o no porque el en este momento es monotributista y es un tema importante, pero me dijo: vos sos la experta en moratorias. Ok pero no previsionales y la verdad por una cuestión ética aunque a veces los clientes no la tengan, no puedo hacer algo por hacerlo y hacer algo que está mal . En fin. Si bien soy una abogada frustrada, ahora estoy muy cansada como para ponerme con todo y mas cuando la AFIP saca cada día algo nuevo. Muchas gracias nuevamente a todos y con respecto al abogado, estoy un poco enojada, pero creo que cuando le presente la jubilación no le va a cobrar mas que lo que le cobra porque los clientes son...así.
 #1051610  por zaffaroni
 
este es un portal de abogados. aca no tenemos porque ayudar a contadores ni gestortruchos. el derecho previsional como toda rama del derecho solo puede ser ejercida por abogados asi que derive el caso, no hay excusas para hacer algo que la ley no le permite *leo* *leo*
 #1051611  por zaffaroni
 
CrisGarcia escribió:Estimados muchísimas gracias y con respecto al abogado de mi cliente. El, para mi, no sabe demasiado del tema, ya que es un abogado generalista. La situación es esta: Mi cliente tiene un abogado conocido que es "amigo" y tiene varias causas por otros motivos. Yo llevo desde hace tres años la parte tributaria de él y su hijo que tiene una pequeña empresa. Cobro un abono, pero cada vez viene con problemas distintos y complicaciones tributarias de años que hicieron las cosas mal. Por lo tanto termino siendo todo servicio. (Se que es culpa mia) Al margen de eso, mi cliente lo consultó por la jubilación y el abogado me tiró el tema de la moratoria a mi que ya estoy bastante loca con el plan de pagos de la RG 3630 que está venciendo ahora. Y encima están apurados porque con la nueva moratoria tienen miedo que quede sin vigencia esta otra. Lo llamé por teléfono para que me aclare ciertas cosas porque yo me pongo a leer y leo pero tengo miedo de hacer algo mal y perjudicarlo, como por ejemplo no estaba segura de poder presentarla si no tenía la edad jubilatoria (Uds. ya me lo aclararon) también tenía y tengo la duda con respecto al beneficio del articulo 3ro. De si le corresponde o no porque el en este momento es monotributista y es un tema importante, pero me dijo: vos sos la experta en moratorias. Ok pero no previsionales y la verdad por una cuestión ética aunque a veces los clientes no la tengan, no puedo hacer algo por hacerlo y hacer algo que está mal . En fin. Si bien soy una abogada frustrada, ahora estoy muy cansada como para ponerme con todo y mas cuando la AFIP saca cada día algo nuevo. Muchas gracias nuevamente a todos y con respecto al abogado, estoy un poco enojada, pero creo que cuando le presente la jubilación no le va a cobrar mas que lo que le cobra porque los clientes son...así.
ud tambien anda preguntando por el art 19 de la 24241 asi que vaya a hacerse la carmelita a otra parte. recien le respondi el otro post. quiere jugar a la abogada :?: vaya a estudiar *leo* *leo* derecho entonces, minetras tanto tomese el palo de este portal que es DE ABOGADOS :mrgreen:
 #1051846  por CrisGarcia
 
Una pregunta Zaffaroni, porque las moratorias la hacen los abogados y no la derivan a los contadores? Yo creo que los profesionales, son profesionales y si yo no mando al diablo a mi cliente es porque lo necesito y se muy bien lo que es el derecho y el torcido también. Igual como te dije tal vez en dos años seamos colegas. ja ja. Suerte yo sigo con mis moratorias porque sino me voy a cortar las venas.
 #1052048  por zaffaroni
 
CrisGarcia escribió:Una pregunta Zaffaroni, porque las moratorias la hacen los abogados y no la derivan a los contadores? Yo creo que los profesionales, son profesionales y si yo no mando al diablo a mi cliente es porque lo necesito y se muy bien lo que es el derecho y el torcido también. Igual como te dije tal vez en dos años seamos colegas. ja ja. Suerte yo sigo con mis moratorias porque sino me voy a cortar las venas.

:shock: hacemos las moratorias previsionales porque pertencen a una rama del derecho kakatua. la necesidad no es excusa para ejercer una profesion para la que cual hay que tener matricula de abogado, con ese criterio arme un quirofano en su casa como hacia la doctora rimolo :lol: ud es una reverenda sinverguenza, derive a esa pobre gente al estudio de un abogado de manera urgente. aca no vamos a asesorarla, vaya a jugar a la abogada a otra parte :arrow: :arrow:
 #1052053  por CrisGarcia
 
Por suerte ya presenté la moratoria como corresponde. Pero sabés una cosa Zaffa vos sos un/a pobre fracasado/a que defiende un trabajito de gestor porque seguramente no sos mas que eso. Un pobre gestor que de profesional no tiene nada. Agradezco a quienes me hay ayudado y a vos Zaffa seguí boludenado por los foros y dejando mal parado a los profesionales. by by
 #1052055  por zaffaroni
 
CrisGarcia escribió:Por suerte ya presenté la moratoria como corresponde. Pero sabés una cosa Zaffa vos sos un/a pobre fracasado/a que defiende un trabajito de gestor porque seguramente no sos mas que eso. Un pobre gestor que de profesional no tiene nada. Agradezco a quienes me hay ayudado y a vos Zaffa seguí boludenado por los foros y dejando mal parado a los profesionales. by by

:lol: que vas a presentar vos si no sabes ni donde estas parada sinverguenza :?: ademas la ley no te permite iniciar tramites en anses asi que anda a jugar a la abogada a otra parte, mira como termino la doctorcita rimolo :mrgreen: no le voy a mostrar mi matricula a una kakatua como vos, curate el empacho rata
 #1052249  por CrisGarcia
 
Quien no sabe donde está parado/a sos vos infeliz. Para presentar una moratoria 24476 no hace falta ir al Anses se presenta por Afip. Porque sos tan agresivo/a? si tuvieses trabajo no estarías insultado. Yo puedo insultarte mas de lo que haces vos y hasta cagarte a trompadas de ser necesario. Pero para que? Y lo que menos me importa es hacer previsional. De hecho una buena poronga te tranquilizaria un poco. Andá a hacerte atender. Por suerte vieja cacatua y todo lo que a vos te pueda parecer yo estoy bien atendida, por lo tanto no necesito hacer catarsis insultando gente. Y entro donde quiero porque vos no sos nadie. Solo estás para molestar. Serás profesional? o un simple gestorcito/a muerto de hambre. Sino no estarías tan desesperado/a por una simple pregunta. Migajeando y llorando pensando que alguien te puede sacar un cliente que ni tenés. by by