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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1051842  por pepecurdele
 
Mirando algunas formulas de calculo de RIPTE existentes en la web me estoy confundiendo,
en todas aplican directamente el coeficiente desde el mes de enero de 2010, aun en accidentes cuya primera manifestacion haya sido en fecha muy muy posterior.
Al ser un indice de ajuste, no se deberia aplicar desde la fecha de la primera manifestacion invalidante?
 #1051929  por agentil
 
pepecurdele escribió:Mirando algunas formulas de calculo de RIPTE existentes en la web me estoy confundiendo,
en todas aplican directamente el coeficiente desde el mes de enero de 2010, aun en accidentes cuya primera manifestacion haya sido en fecha muy muy posterior.
Al ser un indice de ajuste, no se deberia aplicar desde la fecha de la primera manifestacion invalidante?
Para mi lo correcto es aplicarlo desde enero de 2010, pero otros dicen lo que decís vos...o sea, desde la fecha de la 1era manifestación invalidante.


saludos!!