Amigos del foro en este caso el problema es personal y la verdad que estoy bastante angustiada y no puedo ver las cosas claramente ya que como dije es personal. tengo unos vecinos que querian vender la casa de sus padres que por lo cierto es una casa sin terminar, no tiene luz, gas ni agua ni las correspondientes instalaciones y lo principal no tiene hecha la sucesion. Como son vecinos y los conozco de toda la vida yo les ofreci comprar la casa y hacerme cargo de la sucesion y demas gastos deuda de impuesto y demas. El precio por tasacion se mantenia pero se le daba una plata de contado y luego cuotas, hasta ahi todo bien, el tema es que son 5 cuatro estaban de acuerdo pero uno queria toda la plata junta, y como los hermanos necesitan la plata accedienron a darle toda su plata y ellos ir cobrando en cuotas, pero resulta que al momento de firmar el boleto este hombre no va y firmaron solo ellos y resulta que ahora me amenaza y me dice que me va a poner un abogado y hacer una denuncia en el colegio de abogados porque los hermanos firmaron un boleto sin estar hecha la sucesion solo esta iniciada. Yo decidi hacer el boleto porque ellos no pueden afrontar los gastos de la sucesion y ya que me hacia cargo yo. Espero que e puedan ayudar de como seguir , yo voy a terminar la sucesion y pedir la particion, pero luego podre hacer valer el boleto y al final hacer que este hombre me firme? Gracias espero que me acompañen en este momento ya que estoy realmente preocupada ya que inverti todos mis ahorros en esto y tengo una familia a la cual queria darles un hogar y ustedes sabran lo duro que es esta profesion. saludos
En Pcia. de Buenos Aires, las normas de ética dicen:
ART. 34 - ADQUISICION DE INTERESES EN EL ASUNTO.
Es recomendable que el abogado no adquiera interés pecuniario de ninguna clase relativo al asunto que patrocina o haya patrocinado, ni directa o indirectamente bienes pertenecientes al juicio en los remates judiciales que sobrevengan, aunque sea por razón del cobro de sus honorarios; ni acepte en pago de éstos donación de bienes que hayan pertenecido a la causa patrocinada.
(Unif. 37; N. Y. 10)
