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  • Honorarios en desalojo - Aportes

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 #1052687  por drananu
 
Hola como están? Les escribo porque tengo la siguiente duda, quizás alguien pueda ayudarme:
Resulta que en un desalojo en provincia (Morón), yo voy por la parte actora, ya hubo sentencia. Al momento de pedir el lanzamiento, me dicen que previo cumpla con los aportes, para lo cual solicité se regulen honorarios y así lo hizo el juzgado. Mis consultas son:
- Si bien el art. 21 ley 6716 establece la obligatoriedad de pagar aportes, previo a determinados tipos de resoluciones, siempre se entiende que esos aportes los abonamos luego de percibidos los honorarios, dado que de ahí es de donde sale el dinero para pagar dichos aportes, es correcto?
- Ahora bien, si yo no percibí mis honorarios aún (los tiene que abonar el condenado en costas, en este caso el demandado), debo igual pagar esos aportes?
- Por ultimo, si ya pagué esos aportes, tengo derecho al lanzamiento aunque no haya cobrado esos honorarios? (dado que para cobrarlos voy a tener que iniciar incidente de ejecución de los mismos). Lo que quiero decir es que no tiene nada que ver el derecho del cliente al lanzamiento con el cobro de mis honorarios, no? Entiendo que el juzgado no puede supeditar el lanzamiento a mi manifestación de haber percibido los honorarios, cuando en realidad no fue así.
Mi idea es abonar los aportes, y presentar un escrito acreditando el pago de los mismos, manifestando que habiéndose notificado el demandado de la regulación de honorarios, intimado a abonar los mismos no lo hizo, vengo a solicitar se ordene librar mandamiento de lanzamiento.. que les parece?
Espero haber sido clara,gracias por cualquier aporte, saludos!