Me dicen que han cambiado muchas cosas en el Seclo para los acuerdos espontáneos y me surge la sigueinte duda: Alguien que haya firmado uno últimamente puede decirme si el convenio en sí mismo va con firma de los letrados o si éstos sólo firman el acta de ratificación? Lo mismo respecto de la constitución de domcilios: aparte de constituirse en el acta de ratificación, se constituyen en el acuerdo a homologar?
Gracias a quien pueda responder.
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