Hola a todos querria consultar la opinión de uds. al respecto.
Tengo una clienta, que estuvo inscripta como autonoma desde 11/1993 a 02/2007, y no pagó nunca, hoy la deuda asciende los $50.000, obviamente no tiene el dinero para pagar, y quiere jubilarse aprovechando la nueva moratoria.
Yo podria prescribir los periodos por ley 14236 art 16 hasta agosto 2004 y renunciar por ley 25231 hasta 02/2007. Lo que me daria deuda 0, pero 0 años de aportes tambien.
Podria igualmente comprar por moratoria los 30 años necesarios (nació 9/07/52) 08/70 a 08/1999 (un año excedente edad)?.
O no se puede comprar por moratoria en los mismos años que prescribi y renuncié, de repente me enrede.
Agredezco sus opiniones gracias.
Tengo una clienta, que estuvo inscripta como autonoma desde 11/1993 a 02/2007, y no pagó nunca, hoy la deuda asciende los $50.000, obviamente no tiene el dinero para pagar, y quiere jubilarse aprovechando la nueva moratoria.
Yo podria prescribir los periodos por ley 14236 art 16 hasta agosto 2004 y renunciar por ley 25231 hasta 02/2007. Lo que me daria deuda 0, pero 0 años de aportes tambien.
Podria igualmente comprar por moratoria los 30 años necesarios (nació 9/07/52) 08/70 a 08/1999 (un año excedente edad)?.
O no se puede comprar por moratoria en los mismos años que prescribi y renuncié, de repente me enrede.
Agredezco sus opiniones gracias.