Estimada/os colegas,
Soy un joven abogado y estoy intentando dar mis primeros pasos en el Dcho. Previsional, y quería consultarles si un trabajador de la construcción se jubila a los 55 años de edad, por ello ya no podría trabajar más, valga la redundancia, como empleado de la construcción?
Muchas gracias, Mariano
Soy un joven abogado y estoy intentando dar mis primeros pasos en el Dcho. Previsional, y quería consultarles si un trabajador de la construcción se jubila a los 55 años de edad, por ello ya no podría trabajar más, valga la redundancia, como empleado de la construcción?
Muchas gracias, Mariano