Buenos dias hoy logre mi primer sentencia de divorcio que me genera la siguiente inquietud. En la misma se decreto la disolucion de la sociedad conyugal, el bien que tiene en comun es un auto peugeot 206. El cual nunca se nombre entre los bienes porque se habia acordado que se vendia y se repartia entre las partes.
Por lo que mi duda es: al decretarse la disolucion de la sociedad conyugal habilita la venta del auto aunque no este especificado o hora yo debiera pedir la liquidacion de la sociedad conyugal? Entiendo que la segunda opcion seria la corecta pero tengo la duda.
Por lo que mi duda es: al decretarse la disolucion de la sociedad conyugal habilita la venta del auto aunque no este especificado o hora yo debiera pedir la liquidacion de la sociedad conyugal? Entiendo que la segunda opcion seria la corecta pero tengo la duda.