buen día espero me puedan ayudar con este tema
Me gustaría saber si es factible retirarse de la PFA mi duda es:
Me dijeron que en la ley orgánica dice que con 15 años de la PFA se pueden computar el resto que realizo en la armada
- Estuvo 9 años y 6 meses en Infantería de Marina
- Ahora 14 años y 6 meses en la PFA actualmente tiene el grado de Cabo primero
es factible entonces retirarse si completa los 15 años y suma los de la armada?? con que retiro me iría?
LEY N°21.965 CAPITUlo V
Cómputo de Servicios
ARTICULO 94 — Los años de servicios se computarán desde la fecha de alta con estado policial hasta la del decreto o resolución de retiro o hasta la que éstos establezcan. De igual modo:a) Se com****rán los prestados en las Fuerzas Armadas de la Nación, Fuerzas de Seguridad, Policías Provinciales y Servicio Penitenciario Federal y Provinciales, con estado militar (excepto servicio militar obligatorio), estado policial o estado penitenciario, a partir de los QUINCE (15) años de servicios policiales simples
Me gustaría saber si es factible retirarse de la PFA mi duda es:
Me dijeron que en la ley orgánica dice que con 15 años de la PFA se pueden computar el resto que realizo en la armada
- Estuvo 9 años y 6 meses en Infantería de Marina
- Ahora 14 años y 6 meses en la PFA actualmente tiene el grado de Cabo primero
es factible entonces retirarse si completa los 15 años y suma los de la armada?? con que retiro me iría?
LEY N°21.965 CAPITUlo V
Cómputo de Servicios
ARTICULO 94 — Los años de servicios se computarán desde la fecha de alta con estado policial hasta la del decreto o resolución de retiro o hasta la que éstos establezcan. De igual modo:a) Se com****rán los prestados en las Fuerzas Armadas de la Nación, Fuerzas de Seguridad, Policías Provinciales y Servicio Penitenciario Federal y Provinciales, con estado militar (excepto servicio militar obligatorio), estado policial o estado penitenciario, a partir de los QUINCE (15) años de servicios policiales simples