Colegas: Una clienta recibió una carta documento de los locatarios de un inmueble de su propiedad, mediante la cual daban por rescindido unilateralmente la locación por culpa exclusiva de ella (alegan que el bien no estaba en buenas condiciones).
No obstante la custión de hecho, lo que conforme las pruebas estimo que tengo un buen caso, mi duda es netamente de derecho.
Considerando que faltaban 16 meses (contrato de tres años) para el vencimiento del plazo, ¿puede mi clienta reclamar el pago de la totalidad de los alquileres restantes para indemnizar el daño? o solo puede reclamar la multa de la 23.091 (un mes)?
Yo pienso que los locatarios que inventan una causal (dolo del locador) para irse antes y sin preavisar (60 días) deben pagar todo el contrato, pero quiero sus opiniones o comentarios sobre sus experiencias.
Muchas gracias.
No obstante la custión de hecho, lo que conforme las pruebas estimo que tengo un buen caso, mi duda es netamente de derecho.
Considerando que faltaban 16 meses (contrato de tres años) para el vencimiento del plazo, ¿puede mi clienta reclamar el pago de la totalidad de los alquileres restantes para indemnizar el daño? o solo puede reclamar la multa de la 23.091 (un mes)?
Yo pienso que los locatarios que inventan una causal (dolo del locador) para irse antes y sin preavisar (60 días) deben pagar todo el contrato, pero quiero sus opiniones o comentarios sobre sus experiencias.
Muchas gracias.
