fersan73 escribió:Hola tengo que mi tia que nacio el 26-01.1954 y no tiene aportes, ahora con la extencion de la moratoria puede jubilarse, mi consulta es si se puede aplicar el art.3 y en que periodos. gracias!!
si quiere jubilar a su tia mandela al estudio de un abogado que sepa lo que tiene que hacer, asi como si esta enferma la mandara del medico reverendo sinverguenza