Buenos días, tengo una consulta para realizarles. Tengo un señor para jubilar de 65 años, con aportes mixtos, y para alcanzar los 30 años compro por moratoria ley 24.476. Cuando fuimos a Anses para ver si constaba con inscripción anterior, surge que tiene una cuenta, la cual fuimos a asociar a AFIP. El tema está que respecto de esta cuenta, figuran pagos desde el año 1970 al 1985, todos salteados, hay años que solo tiene dos o tres períodos pagos, y en el Sicam, respecto de esta inscripción, figura MESES ADEUDADOS 92, ANTICIPOS 8. Para que el SICAM arroje deuda 0, pensaba en la opción de prescribir por el art. 16 ley 14.236, pero lógicamente esos meses no los podría tomar para la moratoria, es asì? pero en ese caso, no llegaría a cubrir los 30 años de aportes que necesito, hay alguna otra opción para poder tomar esos períodos con deuda para la moratoria que no sea la prescripción ni abonar?
Por otro lado, les hago otra consulta, se trata de un señor extranjero que tuvo dos CUIT, pero ya están debidamente unificados en AFIP. ¿Tengo que tomar algún recaudo en especial, mas allá de la unificación?
Muchas gracias.
Saludos,
Rosana.
Por otro lado, les hago otra consulta, se trata de un señor extranjero que tuvo dos CUIT, pero ya están debidamente unificados en AFIP. ¿Tengo que tomar algún recaudo en especial, mas allá de la unificación?
Muchas gracias.
Saludos,
Rosana.