Hola!! como les va? tengo un caso particular..
Resulta que tengo una sucesión de un tio abuelo que fue iniciada en el año 86, hubo declaratoria, posteriormente se regularon los honorarios de la abogada (en australes en aquel entonces). La abogada realizó los aportes. Pero no se inscribió la declaratoria. La sucesión quedo ahí.
Ahora el año pasado, yo presenté posteriormente una cesión de derechos hered. en el cual mi abuelo y mi tia abuela(soltera) le ceden su parte a mi papá.
El juez solicitó que se actualicen x caja de prevision los honorarios de la 1º abogada y que se det. los aportes previsonales.
Según el abogado apoderado de la caja, se encuentran vencidos los plazos establecidos de la ley 6716 respecto de los honoarios de la abogada. Y que de acuerdo al art. 14 los aportes previsionales adeudados deben abonarse actualizados. La deuda remanente es de $400.
La pregunta es... quien debe abonar estos estos $400? la abogada que llevo en un principio sucesión?.
Por otro lado yo quisiera inscribir la declaratoria que no se incribió y la Cesión de derechos que yo presenté. Puedo hacerlo? o debe estar saldada la deuda de los $400 previamente?.
Muchas Gracias!!!
Resulta que tengo una sucesión de un tio abuelo que fue iniciada en el año 86, hubo declaratoria, posteriormente se regularon los honorarios de la abogada (en australes en aquel entonces). La abogada realizó los aportes. Pero no se inscribió la declaratoria. La sucesión quedo ahí.
Ahora el año pasado, yo presenté posteriormente una cesión de derechos hered. en el cual mi abuelo y mi tia abuela(soltera) le ceden su parte a mi papá.
El juez solicitó que se actualicen x caja de prevision los honorarios de la 1º abogada y que se det. los aportes previsonales.
Según el abogado apoderado de la caja, se encuentran vencidos los plazos establecidos de la ley 6716 respecto de los honoarios de la abogada. Y que de acuerdo al art. 14 los aportes previsionales adeudados deben abonarse actualizados. La deuda remanente es de $400.
La pregunta es... quien debe abonar estos estos $400? la abogada que llevo en un principio sucesión?.
Por otro lado yo quisiera inscribir la declaratoria que no se incribió y la Cesión de derechos que yo presenté. Puedo hacerlo? o debe estar saldada la deuda de los $400 previamente?.
Muchas Gracias!!!