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 #113002  por roxanam
 
Tengo una persona que contrató con una editorial un curso a distancia. firmo un "pedido" en donde contrata un curso de $480 a pagar en 12 cuotas, y paga en el mismo acto la 1ª cuota. En letra chica dice el documento: NO se aceptan anulaciones.
Mi cliente quiso resolver el contrato y le dijeron que no se puede, y que le ejecutarian el pagaré que firmó. Él me dice que lo único que firmó es ese pedido.
A él le entregaron una carpeta, y mensulmente con el pago de la cuota accedia a información via internet. En caso de resolución quedarían en pie las prestaciones cumplidas? qué valor tiene ese pedido?
Necesito una orientación. Gracias.

 #113726  por dragates
 
Probaste en Defensa del consumidor por el lado de las clausulas abusivas.?
Saludsos

 #113933  por paulamor
 
Si pasaron los cinco días desde que celebró el contrato, ya no puede ejercer el derecho de arrepentimiento.
No obstante, el hecho de que le hayan hecho firmar un pagaré y además un contrato de prestación del servicio es una infracción a la ley de defensa del consumidor, ya que se somete al consumidor a una duplicidad de la deuda: la contractual y la incausada del pagaré firmado. Hacé una denuncia por el tema ante la autoridad de aplicación de dicha ley en tu provincia, dentro del procedimiento sancionatorio que le seguirán a la empresa suele celebrarse una audiencia en la cual surgen posibilidades de solucionar satisfactoriamente el inconveniente de fondo. Saludos, Paula

 #120263  por roxanam
 
Lo único que firmó fue una nota de pedido, el pagaré al que hace mención la empresa, mi cliente dice que nunca lo firmó, como así tampoco firmó contrato alguno.

 #120301  por Dr. 8
 
La nota de pedido es el contrato.

 #120361  por roxanam
 
Dr.8: mi pregunta es la siguiente: puedo pedir la resolución del contrato en el caso de un curso a distancia?, en donde podríamos decir que c/parte entregó algo, una entregó parte del curso, la otra pago la cuota mensual correspondiente.