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  • PEDIDO DE NULIDAD, DDA DE ESCRITURACION

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 #1059005  por isadora
 
Hola colegas me llama una ex clienta que fue a una audiencia por canon locativo por su parte indivisa que esta su hermana a resolver esa cuestión, y me informa que le comenta que tiene un juicio de cumplimiento de contrato y escrituración del año 2012, hoy casi llegando a la etapa de prueba, en ese momento había firmado un boleto de compraventa privado con fecha, septiembre del 2010 sin firma certificadas o sea fecha cierta, con una persona que después se entero era de la liga, un estafador, donde como en ese momento esta cursando una quiebra vende su parte indivisa en 17.000 dólares, la parte compradora abona en ese acto 6000 dólares y el saldo y el saldo iba a ser pagado cuando se terminaba la sucesión y pagaban los temas de la quiebra cosa que se hizo, y se lo notifico formalmente para, la parte compradora iba a retener 5000 dólares para ir entregándole a la vendedora para satisfacer las deudas cosa que no hizo, además le hizo firmar un poder irrevocable para escriturar, donde en ese acto fue en la oficina del comprador, sin escribano, la venta se hizo sin posesión, ya que el inmueble esta ocupado y consta en el boleto.- El comprador nunca entrego el dinero pactado ni el saldo de precio, cito al mismo en varias oportunidades por medio del estudio que lo representaba donde hemos concurrido y jamás estuvo.- Luego de varis conversaciones para que abone, nunca lo hizo, por tal motivo intime al pago fehacientemente en su oportunidad, y luego de varias cd rescindí la operación por incumplimiento de contrato bajo su exclusiva culpa dejado constancia que el dinero dado quedara como daños y perjuicios, también revoque el poder en la escribanía interviniente, dejando nota en la actuación notarial correspondiente.-Ahora me llama y me encuentro con esto fue notificada al estudio que yo tenia en ese momento luego me he mudado hace años ya, me gustaría presentar la nulidad de todo lo actuado, nunca lo hice y me gustaría saber que opinan después de tanto tiempo, es urgente la ultima cedula tiene vto, fue bajo responsabilidad pero ya no hay nadie en ese domicilio??????
espero sus experiencias gracias
 #1059037  por andresxeneizes
 
la notificacion que realizaba a que domicilio debia hacerse al real o al constituido?
en caso que tuviera que hacerse al constituido, al momento en que se hizo la notificacion, habias cambiado y notificado el cambio del domicilio constituido?
existio actuacion posterior en el expte por tu parte, por la cual pudiera considerar que se notifico esa providencia a la cual atacas?, ej: sacar copias del expte o referirse a alguna providencia consecuencia de la primera, etc
 #1059152  por isadora
 
gracias Andrés por tu respuesta, te cuento la sra hoy jubilada y viviendo en una pensión, había puesto mi domicilio como el real ya que yo me manejaba con el casillero, en su momento cd, llamados y solo eso, y hace tiempo ya 2010,2011 después quedo ahí por rescindido por incumplimiento de la parte compradora, la sra se entera de casualidad, ya que hace una mediación con su hermana por canon locativo del 50 % que están adentro, y ahí se entera, me avisa y veo el expte, yo me he mudado de ese estudio hace tiempo o sea que todo lo que llego nunca me entere, hasta le decretaron la rebeldía a una audiencia por no concurrir pero no estábamos notificados, no se como ayudarla llame al domicilio anterior ya que hay una notificación reciente y me informan que esta, pero si la retiro la pondría en realidad en rebeldía, ya que han pasado casi año y medio de juicio, o presentarme en el expte pedir nulidad de lo actuado y expresar estas razones, desconozco si me van a dar lugar y poder sacar fotocopias el expte para dilatar un poco, no se que opinas o los demás foristas que opinan? gcias
 #1059651  por andresxeneizes
 
sigue sin quedarme claro el tema procesal, te insisto con las tres preguntas que te hice antes (que son para contestar con si o no), para poder entender en que estado esta el expte

la notificacion que realizaba a que domicilio debia hacerse al real o al constituido?

en caso que tuviera que hacerse al constituido, al momento en que se hizo la notificacion, habias cambiado y notificado el cambio del domicilio constituido?

existio actuacion posterior en el expte por tu parte, por la cual pudiera considerar que se notifico esa providencia a la cual atacas?, ej: sacar copias del expte o referirse a alguna providencia consecuencia de la primera, etc
 #1059733  por isadora
 
gracias nuevamente Andrés por tu colaboración paso a responderte tus preguntas, la notificación fue al real que en su momento puso en el boleto, que en realidad era mi estudio ya que donde vivía no le recibían las notificaciones, luego me mude de estudio, no fue inmediatamente, lo que recibimos en el estudio fue intercambio epistolar, donde primero lo intime al pago, y luego al no cumplir le resolví el boleto por su culpa como así el poder que le había hecho firmar.-.-Te reitero después de las misivas año 2010, principios 2011 quedo el tema para mi entender, terminado y rescindido el boleto, no se supo mas nada d esta persona.-solo que la había estafado ya que es una persona que se dedica a esto trabaja para la liga, De casualidad me llama la clienta después de varios años, diciéndome que fue a una audiencia para cobrarle a su hermana el canon locativo de su 50% que utiliza y se entero de este juicio, que lleva año y pico, fui a ver el expte y plantea que el saldo de precio lo iba a entregar al momento de que la señora no estuviera inhibida, cosa que ha sido informado en las cd que desde el 2010 no lo estaba para que cancele el saldo de precio, y no lo hizo inclusive sostiene que el poder esta vigente para su venta o escrituración, y la acusa de daños y perjuicios con multa daría por el tiempo transcurrido, el que incumplió fue el????? No hubo ninguna presentación en el expte recién me entero y lo fui ver, solo eso, gcias
 #1059773  por andresxeneizes
 
entonces, si el domicilio ese no se constituyo especialmente para recibir las cedulas judiciales, me parece que habria que pedir la nulidad, diciendo que la mina al momento de la notificacion de la demanda se habia mudado de aquel domicilio (yo no diria que es el de tu estudio, sino te metes en el quilombo de que el domicilio fue constituido ahi especialmente) y que cuando se dejo la cedula vivia en otro lado.
ojo, fijate como encaras el tema de como te enteraste, ya que por lo menos en capital tenes 5 dias desde que te enteraste para plantear la nulidad
 #1059803  por isadora
 
gracias Andrés sos muy amable en colaborar conmigo la verdad te soy sincera nunca presente una nulidad no se por lo que me comentas como plantearlo entonces y se me van los días, podrías darme una idea mas como poder atacar este tema? Para realizar el escrito gcias
 #1059822  por andresxeneizes
 
lo que tenes que decir y acreditar es que la mina no vivia ahi en el momento en que notificaron la demanda, lo podes acreditar con copia del dni y prueba informativa a camara electoral y registro de las personas, esto como cuestion de fondo, y como cuestion de forma, tenes que decir que conociste del juicio hace menos de 5 dias,