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 #1059506  por tisio
 
Estimados;

Tengo un caso de usucapion y ya no se como seguir, (estoy trabado), es por ello que apelo a sus conocimientos. tome un caso de usucapion ya iniciado por otro abogado, mi cliente compro por cesion de derechos y acciones una propiedad y el vendedor ya habia iniciado la usucapion del inmueble. luego de varias veces que fue mi cliente al estudio del colega y no entrarlo decidio contratarme a mi.
Nos presentamos en el expediente que tiene dos cuerpos y presentamos en calidad de cesionario para continuar en el proceso.
yo tome el caso ya notificada la rebeldia del actor y continue solicitando las audiencias para mis testigos los cuales declararon.
hasta aca todo bien; como observe el expediente solicite pase sentencia y me responde que visto el expediente a fs.xxx, el traslado que habia realizado el abogado anterior lo hizo sin las copias o sea, (solo la cedula).
Entonces yo no me percate de eso y decidi darle el traslado al demandado con todas las copias y posteriormente solicitar la rebeldia y luego la sentencia.
mi pregunta y duda es:
1- yo no recaratule el expediente con el nombre de mi cliente, porque considere que mi cliente no inicio.
2- debo pedir la recaratulacion del expediente a nombre del cesionario, para que salga en la sentencia su nombre?
3-yo estoy dando traslado nuevamente con las copias de demanda, como quedan las declaraciones de los testigos ya llevadas a cabo?
cualquier orientacion es de ayuda ya que no se como continuarlo, si pedir sentencia nuevamente o bien recaratular.

yo hable con gente del juzgado y me dijeron que la sentencia sale a nombre del cedente, y que luego solicite para su inscripcion que se lo inscriba a nombre del cesionario. sera asi?
gracias
 #1060025  por legalescom
 
Si el Juzgado, lo tuvo por presentado y por parte al cesionario, tendrá que decirlo también en la sentencia. Respecto a los testigos, van a tener que comparecer nuevamente, salvo que la contraria no se presente, y, en tal caso, pedir al Juzgado, una ratificación de sus declaraciones.
 #1060152  por tisio
 
GRACIAS POR TU RESPUESTA;

Si es bastante confusa la situacion respecto al cesionario, el problema es que procesalmente como quedaria la situacion en si de los testigos que ya declararon, quedan nulas? es por ello que vos me decis de pedir la ratificacion de las testimoniales.
con respecto al demandado, no hay problema ya que creo que tendria hoy 140 años, por eso no puedo pedir la rebeldia del muerto, ja,ja.
bueno el tema es que me queda seguir con el proceso y me encuentro un poco perdido.
saludos y gracias nuevamente