Monto a cobrar por el actor superior a $ 30.000. La art ya deposito los fondos en autos. Tengo dudas: Me dicen detalladamente como siguen Uds. para cobrar? La transferencia electrónica la hace directamente el juzgado o se emite un cheque para acudir al bco nación y allí se denuncia el cbu para la transferencia? En laboral es igual? Gracias.-
Depende de cada juzgado.
Algunos juzgados te piden que denuncies el CBU de una caja de ahorro o cuenta corriente del actor, debiendose acreditar mediante certificación bancaria que el actor ostenta la titularidad exclusiva de la misma