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  • APELACION DE HONORARIOS

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 #1060269  por Drml2010
 
ACASO NO PUEDE UN PERITO CONTADOR APELAR SUS HONORARIOS SIN REQUERIR DE LA FIRMA DE UN LETRADO CONFORME NORMATIVA DEL ART 57 DEL CPCCN? GRACIAS POR SUS APORTES.
 #1060354  por Drml2010
 
Entonces por que motivo un juzgado del fuero civil extrañamente solicita firma de patrocinio por haber el perito fundamentado el recurso de apelación por sus emolumentos?
 #1060483  por abogado_1987
 
Drml2010 escribió:Entonces por que motivo un juzgado del fuero civil extrañamente solicita firma de patrocinio por haber el perito fundamentado el recurso de apelación por sus emolumentos?
tené presente

Ahora bien, cuando la apelación de los honorarios del perito está dirigida a disconformarse por lo "alto o bajo" de la regulación, no controvirtiendo el derecho sobre ella, deviene innecesaria la asistencia letrada.
CC0002 LM 522 RSI-3-4 I 3-2-2004
CARATULA: Paez, Héctor Osvaldo c/ Rinaldi, Marcelo Armando y otros s/ Daños y perjuicios
MAG. VOTANTES: Rodríguez - Iglesias Berrondo - Sánchez
TRIB. DE ORIGEN: JC01

La presentación del perito fundamentando su apelación debe efectuarse con patrocinio letrado, en caso de omisión de tal requisito debe procederse de acuerdo con lo prescripto por el art.57 del ritual.
CPCB Art. 57 ; CPCB Art. 133
CC0101 MP 79951 RSI-139-91 I 26-3-1991
CARATULA: Pehuamar S.C.A. c/ Videla, Hugo Jorge y Tiburzi, Norma s/ Cobro de pesos - Recurso de queja
MAG. VOTANTES: Spinelli - De Carli - Libonati
CC0101 MP 83716 RSI-443-92 I 2-6-1992
CARATULA: Velo de Gonzalez, Maria del Carmen s/ Sucesión
MAG. VOTANTES: De Carli - Libonati
TRIB. DE ORIGEN: JCC2S4
CC0101 MP 121405 RSI-1194-2 I 22-8-2002
CARATULA: A., H. c/ B., L. s/ Tenencia - Beneficio de Litigar sin Gastos
MAG. VOTANTES: Font-Cazeaux

http://www.scba.gov.ar/jubanuevo/integral.is
 #1060534  por Squonk
 
Drml2010 escribió:ACASO NO PUEDE UN PERITO CONTADOR APELAR SUS HONORARIOS SIN REQUERIR DE LA FIRMA DE UN LETRADO CONFORME NORMATIVA DEL ART 57 DEL CPCCN? GRACIAS POR SUS APORTES.
Entendí que se trataba de una apelación de honorarios sin expresión de agravios
 #1060564  por Drml2010
 
Entiendo el punto, pero he participado de muchas causas donde el perito ha apelado con fundamento sus honorarios en el fuero civil, sin intervención de patrocinio letrado. Cómo es posible? Error del juzgado en aquella oportunidad?

Aguardo sus apreciaciones.

Gracias.
 #1060755  por abogado_1987
 
Drml2010 escribió:Entiendo el punto, pero he participado de muchas causas donde el perito ha apelado con fundamento sus honorarios en el fuero civil, sin intervención de patrocinio letrado. Cómo es posible? Error del juzgado en aquella oportunidad?

Aguardo sus apreciaciones.

Gracias.
ARTICULO 186°: (Artículo DEROGADO por Ley 13750) Dentro de los cinco días de notificada la regulación del honorario practicada por un juez de primera instancia, el profesional podrá interponer recurso de apelación, pudiendo o no fundar el mismo, sin necesidad de contar con patrocinio letrado atento lo dispuesto en el artículo 204°.
ARTICULO 204°: (Artículo DEROGADO por Ley 13750) Los auxiliares de la justicia están exentos de contar con patrocinio de letrado en todas sus presentaciones, inclusive aquellas necesarias para efectivizar el cobro de gastos y/o honorarios y sus accesorios, a excepción de las actuaciones ante la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires y ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación
LEY 10620
Texto actualizado con las modificaciones introducidas por las Leyes 11785, 12008 y 13750.
EJERCICIO PROFESIONAL DE LOS GRADUADOS EN CIENCIAS ECONOMICAS.

http://www.gob.gba.gov.ar/legislacion/l ... 10620.html
 #1060935  por Drml2010
 
Este expediente tramita en Capital, y si bien un letrado patrocinante actuó para este perito contable en la causa, posteriormente al apelar con fundamentos la regulación de honorarios a favor del experto, la misma se presentó solo con la firma del perito. No encuentro fundamento alguno por el 56 y 57 del CPCCN para que el juez no haga lugar a la apelación y solicite vaya el escrito acompañado con firma de un letrado.

Ahora debo presentar el escrito de apelación con fundamentos manifestando que no estoy de acuerdo con el criterio sostenido por el juez, no obstante el término vencido por la normativa consignada ut supra.
 #1061122  por Squonk
 
Drml2010 escribió:Este expediente tramita en Capital, y si bien un letrado patrocinante actuó para este perito contable en la causa, posteriormente al apelar con fundamentos la regulación de honorarios a favor del experto, la misma se presentó solo con la firma del perito. No encuentro fundamento alguno por el 56 y 57 del CPCCN para que el juez no haga lugar a la apelación y solicite vaya el escrito acompañado con firma de un letrado.

Ahora debo presentar el escrito de apelación con fundamentos manifestando que no estoy de acuerdo con el criterio sostenido por el juez, no obstante el término vencido por la normativa consignada ut supra.
Si ya habías actuado con un letrado, creo que lo mas sencillo y práctico es que te presentes ahora con patrocinio.
Vas a perder menos tiempo
 #1061143  por Drml2010
 
Pero venció el término prescripto por el 57 del CPCCN, motivo por el cual voy a tener que justificar mi solicitud para que no se considere dicho plazo ya que estamos hablando de la apelación de una regulación de honorarios con lo que los emolumentos representan a todo efecto por su carácter alimentario.