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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1061884  por pablottt
 
Hola les hago una pregunta, me llegó un caso de alimentos Cuando lo inicio me doy cuenta que ya había algo iniciado (mi clienta decía no recordar que había visto a un abogado antes...) solicito que lo saquen de paralizado y en el expediente figura que está en etapa previa ( no hubo audiencia ni nada) es en provincia la causa es la primera vez que hago algo fuera de Capital y encima de familia. Tienen algún modelo de escrito de cómo debería seguir el caso?

Graciaas!!! Pablo
 #1061892  por DRA. MACA
 
pablottt escribió:Hola les hago una pregunta, me llegó un caso de alimentos Cuando lo inicio me doy cuenta que ya había algo iniciado (mi clienta decía no recordar que había visto a un abogado antes...) solicito que lo saquen de paralizado y en el expediente figura que está en etapa previa ( no hubo audiencia ni nada) es en provincia la causa es la primera vez que hago algo fuera de Capital y encima de familia. Tienen algún modelo de escrito de cómo debería seguir el caso?

Graciaas!!! Pablo
Ay pablo la verdad te compadezco haber agarrado este tipo de clientas, por eso, antes de inicar algo siempre hay que averiguar en receptoria...nunca quedarse con la palabra del cliente.

Lo peor es que subestiman la inteligencia de uno "no recuerda que vio a un abogado, no recuerda haber firmado algo".

Andà con pie de plomo porque dudo que le haya pagado honorarios al abogado (por eso este no continuo con la causa probablemente, y asi puede hacer seguramente lo mismo con vos) asi que si aun no le cobraste nada hacelo, este es el momento antes de seguir, y si alega no tener dinero, no le sigas nada y que vaya a defensorìa, te ahorrarás un gran dolor de cabeza, eso seguro.
 #1061928  por joseluis1107
 
Pablo, más allá de la realidad, de lo que nos marca Maca, también analiza las condiciones del alimentante, porque en alimentos, siempre la condena es
al alimentante y tal vez puedas percibir tus honorarios desde ese lugar, más allá de tu interés a seguir con el caso. Podes impulsar el expediente viejo (tenés que presentarte, constituir dlio, pagas Ius y Bono), fijate si no se cerró la etapa previa, de acuerdo a como esté pedila, si no solicitá una nueva audiencia y seguís adelante. Si cierran la etapa o ya la cerraron, tenés que presentar la demanda ofreciendo la prueba. Te recomiendo que, si no hay, pidas provisorios y analizando el expediente, si el alimentante está notificado de esa parte hecha y abandonada igual consideres el alimento retroactivo que podrías reclamar. La segunda opción es impulsar el expediente que iniciaste vos y menciona que desconocías la existencia del otro, pero que de todos modos no había ni sentencia ni acuerdo pendiente.
 #1061941  por DRA. MACA
 
joseluis1107 escribió:Pablo, más allá de la realidad, de lo que nos marca Maca, también analiza las condiciones del alimentante, porque en alimentos, siempre la condena es
al alimentante y tal vez puedas percibir tus honorarios desde ese lugar, más allá de tu interés a seguir con el caso. Podes impulsar el expediente viejo (tenés que presentarte, constituir dlio, pagas Ius y Bono), fijate si no se cerró la etapa previa, de acuerdo a como esté pedila, si no solicitá una nueva audiencia y seguís adelante. Si cierran la etapa o ya la cerraron, tenés que presentar la demanda ofreciendo la prueba. Te recomiendo que, si no hay, pidas provisorios y analizando el expediente, si el alimentante está notificado de esa parte hecha y abandonada igual consideres el alimento retroactivo que podrías reclamar. La segunda opción es impulsar el expediente que iniciaste vos y menciona que desconocías la existencia del otro, pero que de todos modos no había ni sentencia ni acuerdo pendiente.
Joseluis, no siempre en alimentos la condena es a costa del alimentante, y ni hablar si no tiene un solo bien anda a cobrarle honorarios...por eso antes de tomar a la ligera estas cuestiones hay que analizar las cuestiones del caso, en cuestiones de familia, con lo pesado que es y vivir escuchando las penurias y miserias de esa gente, lo mas razonable es COBRAR POR ADELANTADO una suma que compense los llamados a cualquier hora, las filas en los juzgados/tribunales de familia, etc. Sino se está trabajando gratis y casos asi lamentablemente abundan donde la reclamente se cree que la obligacion alimentaria pesa solamente sobre el padre en donde pide plata, plata y mas plata y si no se la tiene, que vaya a robar un banco.

Particularmente estoy cansada de que siempre se piense que los honorarios los paga el alimentante, si hay etapa previa y se llega a un acuerdo las costas son por su orden, si el letrado del alimentante es lo suficientemente capaz e inicia ofrecimiento de cuota, las costas tambien son por su orden asi que no es que la mujer tiene la sartèn por el mango, como siempre ellas piensan erradamente.

Asi que el juicio puede tardar mucho tiempo y, en estos casos, no sirve trabajar y "cobrar después".-
 #1061952  por joseluis1107
 
Maca, nunca dije que no le cobre, le dije: "también analiza las condiciones del alimentante"
Obvio que todos merecemos la retribución por nuestro trabajo y es lógico analizar todas las situaciones, incluyendo las que vos mencionas.
Al hablar de alimentante, o hablé de padre o madre que tenga la sartén por el mango, no me gusta generalizar, lo que si te voy a contradecir es que por más que haya acuerdo u ofrecimiento de parte del alimentante, o cierre en etapa previa, la condena en costas es "siempre" al alimentante. La excepción es solo el acuerdo de partes y un (1) solo caso de excepción que la SC estableció y tuvo que ver con un fraude en el medio. Te recomiendo, si me lo permitís, que siempre que intervengas en un alimentos, debidamente tramitado y conforme a derecho, por más acuerdo u ofrecimiento al que arribes, exigí la imposición de costas al alimentante, vas a ver q así van a resolver. Saludos.
 #1061970  por DRA. MACA
 
joseluis1107 escribió:Maca, nunca dije que no le cobre, le dije: "también analiza las condiciones del alimentante"
Obvio que todos merecemos la retribución por nuestro trabajo y es lógico analizar todas las situaciones, incluyendo las que vos mencionas.
Al hablar de alimentante, o hablé de padre o madre que tenga la sartén por el mango, no me gusta generalizar, lo que si te voy a contradecir es que por más que haya acuerdo u ofrecimiento de parte del alimentante, o cierre en etapa previa, la condena en costas es "siempre" al alimentante. La excepción es solo el acuerdo de partes y un (1) solo caso de excepción que la SC estableció y tuvo que ver con un fraude en el medio. Te recomiendo, si me lo permitís, que siempre que intervengas en un alimentos, debidamente tramitado y conforme a derecho, por más acuerdo u ofrecimiento al que arribes, exigí la imposición de costas al alimentante, vas a ver q así van a resolver. Saludos.
Nada que ver hace muchisimos años que litigo en familia en todo el conurbano y las costas siempre fueron por su orden, y no, no exijo las costas al alimentante justamente porque tu mal consejo haria que nadie cobre, a mi los clientes mios me pagan no son de los que dicen "que le pague sus honorarios el otro", y en todos los casos que dije, que no voy a andar repitiendo mil veces, las costas son por su orden, te recomiendo que leas jurisprudencia que asi lo establece. no es ningun solo caso de excepcion, actualizate un poco, no voy a ver nada porque siempre exigi costas por su orden y asi me ha sido concedido tanto en etapa previa como cuando ofreci cuota.

Como consejo no agarres clientas que no trabajan y le exigen al padre el sueldito, y que los honorarios los pague tambien el padre. Encima a gente asi ni para el bono tienen dinero.
 #1061982  por MCuello
 
Perdón por entrometerme donde no me llaman...
Si bien es cierto que las costas, con el fin de que no se desdibuje el fin de los alimentos y toda esa zaraza...son a cargo del alimentante y, en San Isidro los 6 juzgados lo fijan así, aunque se llegue a un acuerdo en la primera audiencia.
Pero me pasó, los otros días en el 4 de San Martín, audiencia con la Consejera, fijamos Tenencia, Regimen y hasta ahí todo bien. Cuando llegó el tema de alimentos, nos paró la audiencista y nos dijo: el criterio de este juzgado es que si se llega a un acuerdo las costas son por su orden y listo.
Asi es que cada maestrito, con su librito...

Igual Pablo, me parece que deberías seguir con los alimentos anteriores que, según el juzgado de que se trate, habrá ya una demanda (sin traslado quizás), o simplemente un acta de audiencia, lo cual te deja en mejor posición.

Suerte.
Marisa
 #1061993  por DRA. MACA
 
Y familia 2 de san martin siempre fueron por su orden, idem en matanza, moron...