Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • JUICIO EJECUTIVO

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #1063956  por adrianne
 
Estimados foristas. Tenemos juicio ejecutivo ganado en capital. Iniciamos ejecucion de sentencia. Vimos en la pag del BCRA q operaban con 3 Bcos intentamos ver si habia dinero en esas ctas y nada. Bienes a nombre de la SA demandada no hay, tampoco automotores. Que otra medida podemos pedir para q la SA se vea perjudicada y pague no es mucho $ son 40.000$. Pensamos q la respuesta está en tocarles las ctas. pero si pedimos informe al BCRA no terminamos mas. Hay una mejor opción sin llegar a pedirles la quiebra?.Agradecería ayuda. Sds Adri *flor*
 #1063989  por abogado_1987
 
adrianne escribió:Estimados foristas. Tenemos juicio ejecutivo ganado en capital. Iniciamos ejecucion de sentencia. Vimos en la pag del BCRA q operaban con 3 Bcos intentamos ver si habia dinero en esas ctas y nada. Bienes a nombre de la SA demandada no hay, tampoco automotores. Que otra medida podemos pedir para q la SA se vea perjudicada y pague no es mucho $ son 40.000$. Pensamos q la respuesta está en tocarles las ctas. pero si pedimos informe al BCRA no terminamos mas. Hay una mejor opción sin llegar a pedirles la quiebra?. entiendo que no Agradecería ayuda. Sds Adri *flor*
ARTICULO 83.- Pedido de acreedores. Si la quiebra es pedida por acreedor, debe probar sumariamente su crédito, los hechos reveladores de la cesación de pagos, y que el deudor está comprendido en el Artículo 2.
El juez puede disponer de oficio las medidas sumarias que estime pertinentes para tales fines y, tratándose de sociedad, para determinar si está registrada y, en su caso, quiénes son sus socios ilimitadamente responsables.
http://www.infoleg.gov.ar/infolegIntern ... texact.htm

http://www.eldial.com/nuevo/lite-tcc-de ... os&base=99