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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1063994  por pablogastonbodnar
 
Quería hacerles una consulta porque no entiendo algo referido a los dias que no trabajo y se presta para mi para mucha confusion :

Si trabajara de lunes a viernes y con el sabado medio dia seria muy claro que si falto alguno de esos dias seria ausencia y si no voy el domingo nunca podria considerarse falta.

Ahora el problema es que tengo un mal trabajo que esta contemplado en la lct, y para simplificarlo tengo que trabajar al menos obligatoriamente 48 hs semanales por las
caracteristicas de mi trabajo algo asi como 8 hs por 6 dias semanales.

Mis francos suelen ser cambiados constantemente, al punto que mi jefe los cambia en un documento firmado por el que a su antojo te das cuenta que te cambió el franco todos los dias, y lo que hace es cambiar en la hoja con corrector ortografico y luego escribe encima. Cosa que no me parece seria, porque sino el estaria firmando algo que luego borra con goma de borrar o corrector como es el caso.

Donde surge mi duda, en dos casos seria.

La primera situacion es que supongamos que yo de mala fe o porque estoy podrido de los maltratos en el trabajo o lo que fuera, falto a mi trabajo un dia ausente sin aviso y digo que no es que falté sino que tuve franco ( dado que los francos mios son rotativos ) no tendria que ser sancionado

La segunda es algo que si existe siempre y es la mala fe de ellos. Y seria como un caso inverso. En algunos casos lo que hacen es mentir y decir que no te dieron franco "corrigiendo la planilla" y entonces como no fuiste a trabajar ese dia te ponen ausente sin aviso. Me pueden sancionar por eso o perjudicarme de alguna forma por esa supuesta ausencia sin aviso ?

Por otro lado tengo algun elemento de prueba de lo que hacen para en un futuro que me sirva como sacarle fotos digitales a las planillas ?

Desde ya les agradezco
 #1064044  por DRA. MACA
 
Tenés que consultar en forma personal a un abogado.