Buenas tardes a todos! Tengo un caso de una clienta a quien el año pasado le hice la moratoria 24.476 para asegurarse que no se quedara afuera si la derogaban antes de que cumpliera los 60 años. Ahora llegaron los 60 y se me presenta una duda: en su momento liquide como otros libre de deuda por lo que ahora tendria que reformularla como jubilacion, pero ademas tiene pagos de servicio domestico cuyos intereses pago en su momento. Si reformulo obviamente se van a generar nuevos intereses, pero entiendo que toma a cuenta lo que pagamos por ese concepto el año pasado cierto? Debería ser pequeña la diferencia a pagar? Alguien ya tuvo que reformular en casos como este y pueda orientarme con este tema?
Gracias!!
Sil
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Sil