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  • CHOQUE DE ATRAS

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 #114003  por vaneapi
 
Queridos colegas, querían que me brinden su opinión sobre el siguiente caso. Tambien agradezco si tienen jurisprudencia!!!!
Mi cliente choco de atrás a un camión que estaba estacionado bajando mercadería en una esquinda, mano izquierda, doble fila, en una avenida que viene en bajada. Como prueba fuerte tenemos todas las infracciones de "estacionamiento en lugar prohibido" de la empresa del camión y unos meses después a media cuadra del mismo lugar: fotos, infracción policial, etc.
Se que "iuris tantum" se considera que el que choca de atrás tiene la culpa...
Uds. creen que puedo probar aunque sea culpa concurrente??
Tienen algo de jurisprudencia o un caso propio de referencia que me ayude??
Desde ya muchas gracias!!!!!

 #114046  por jfrotela
 
No tenes que buscar la culpa concurrente. Tenes que probar la culpa del otro. La presuncion opera en caso de no tener medios de prueba, pero si los tenes usalos. Son suficientes.

 #114087  por doc07
 
si el camion estaba estacionado en doble fila no va la presuncion que planteas, ya que un vehiculo detenido y mas en doble fila, es considerado un objeto que entorpece la circulacion y la obstaculiza por lo cual debe correr con la responsabilidad total y no concurrente. hay mucha jurisprudencia a tu favor. yo no me conformaria con una concurrencia.

 #114307  por Sailaw
 
Habría culpa concurrente, si tu cliente venia manejando a más de 100km por hora en plena ciudad, o bien estaba alcoholizado o drogado, o si fuera un ciego manejando, pero me parece que chocar a un camión parado en doble fila, en un lugar prohibido, no es justamente culpa de quien choca.

 #114429  por Susana
 
Vanepi: El éxito total o parcial de la defensa del embestidor depende fundamentalmente de los medios probatorios que arrimes al proceso. Tenés q demostrar que la detención del vehículo que le precedía fue un hecho excepcional e imprevisible que, a pesar de mantener el dominio del vehículo, no se pudo evitar la colisión. La ley 24.449, establece en el art. 48 una serie de prohibiciones: inciso i: prohíbe la detención irregular sobre la calzada.
Saludos.- :wink: