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  • ALIMENTOS: ¿DESCUENTOS DE LEY?

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1066968  por co2
 
hola foristas! en un inc. de aumento de alimentos se dictó sentencia favorable. Ahora debo presentar la liquidación para la planilla definitiva, ES LA 1º VEZ QUE voy a hacer una y leyendo veo que los descuentos de ley son: jubilación y obra social.
Pero me surge entonces una duda: ¿también es descuento de ley el aporte al INSSJP (INSTITUTO NAC. SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILACIONES Y PENSIONES?
Por otro lado, NO sería descuento la cuota solidaridad para el sindicato; ni ley 4035 (fondo de integración de asistencia social); ni prestación por desempleo a un registro de trabajadores. Esto sería así?.
Muchas gracias a quien pueda aclararme esta duda.