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  • Multas fotograficas

  • Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
 #1068021  por jalcana
 
Hola a todos !!! soy nuevo en este foro y les comento la duda que tengo para ver si alguien me puede ayudar:
recibi una multa fotografica en lomas de Zamora por exceso de velocidad(iba a 70km cuando lo permitido era 60km),el tema es que la notificacion llego a un domicilio que vivia hace 10 años ,no el que figura actualmente en mi registro de conducir y la foto esta completamente oscura,solo se ve el cuadrito de la patente,ni siquiera se distingue ni el vehiculo ni el lugar.
Que deberia hacer con esto ya que me parece que es una estafa!!!!
Gracias por su ayuda!!!
 #1068033  por Drafazzari
 
Las fotos multas son ilegales... deberias de presentar un descargo, pero muy bien fundamentado.
saludos
 #1075458  por JuanGustavo
 
Drafazzari escribió:Las fotos multas son ilegales... deberias de presentar un descargo, pero muy bien fundamentado.
saludos
Dra. Disculpe, tengo un caso similar al planteado... Viendo su respuesta me pregunto.. Podrá facilitar algun tipo de modelo al respecto?

Desde ya muchas gracias !
 #1075658  por Theother
 
Entiendo que las foto multas no son per se ilegales. Negar la validez de las herramientas tecnologicas en el 2014 es bastante absurdo. Sin embargo existen ciertos requisitos que deben cumplir para ser validas. Asimismo hay cuestiones que exceden al equipo y referidas al procedimiento que también deben ser respetadas para evitar planteos de nulidad eventualmente.
 #1078138  por nesta
 
Hola, en la pagina de vialidad de la provincia de buenos aires hay modelos de descargo. Recomiendo a los que consultan que se asesoren por un abogado de confianza, ya que si les va mal con el juez de faltas, tienen plazo para apelar en instancia judicial. No dejen pasar el tiempo.
 #1141685  por FernandoC88
 
pegale una leida al art 28 bis de la ley 13927, ahí están las nulidades. Te lo digo porque hoy me puse a redactar un descargo para una multa que me llegó de Ituzaingó. Saludos
 #1179962  por Cess
 
Buen día vino un señor a verme ya que le llevo una multa de la ruta 2 km 52 correspondiente al municipio de La Plata. La máxima era 80 y el señor iba a 94 km/h. Necesitaría si alguien puede decirme cómo hago para saber si el radar está habilitado? Y además saber si puedo desestimar la multa porque la patente es borrosa en la foto
 #1231867  por yokari
 
Los radares y las fotomultas – ¿Cuándo son legales?
Para ser legales, las actas de infracciones por exceso de velocidad detectadas mediante radares o fotomultas deben cumplir una serie de pasos. En caso contrario, plantear estas defensas:
• 1. Homologación. Los radares tienen que estar homologados por la Agencia Nacional de Seguridad Vial y ese dato debe constar en el acta de la fotomulta.
Descargo: “Por medio de la presenteplanteo la nulidad del acta de infracción por cuanto el radar no está homologado por la autoridad competente. Esto nulifica el acta y la infracción”.

• 2. Falta de Notificación. El acta debe ser notificada pero aunque no lo hagan vale igual. Ahora bien, al momento de querer ejecutarla, el supuesto infractor podrá alegar la falta de notificación como violatoria de su derecho de defensa.
Descargo: “El acta de infracción, el acto administrativo y sus antecedentes nunca me fueron notificados. De esta manera, el municipio violó el debido proceso adjetivo, por cuanto me impidió el control del acto, ofrecer y producir pruebas, ser oído e impugnarlo. De esta manera, deviene nulo por haber violado esos pasos y mi derecho de defensa (artículo 18 de la constitución nacional).“

• 3. Notificación incompleta. La notificación de la fotomulta debe contener, como mínimo, estos datos:
o Fecha en la que fue cometida la infracción
o Lugar: ruta y kilómetro donde sucedió
o Imagen del vehículo y patente
o Velocidad máxima permitida y a la que circulabas
o Firma de autoridad pública
o Datos del radar o cinemómetro utilidado (marca, modelo o código de aprobación y número de serie)
o Número de disposición de ANSV que autoriza su uso
o Matrícula entregada por la ANSV que habilita su uso
o Datos del municipio que lo realizó, incluyendo controlador de faltas y juzgado de control (contacto del Juzgado de Faltas o tribunal administrativo)
Descargo: “El acta de infracción, el acto administrativo y sus antecedentes no indican [completar]. De esta manera, el municipio violó el debido proceso adjetivo, por cuanto me impidió el control completo del acto, ofrecer y producir pruebas, ser oído e impugnarlo. De esta manera, deviene nulo por haber violado esos pasos y mi derecho de defensa (artículo 18 de la constitución nacional).“

• 4. Condiciones del operativo de control de velocidad.
o Tiene que haber conos entre 1000 y 500 metros antes del rada
o Debe haber un cartel que indica la presencia del radar
o Luego de ese cartel tiene que haber otro que indique la velocidad máxima
o Pueden detener o no al conductor (en general no lo hacen), esto no es requisito
o Puede pedírsele la matrícula al agente de tránsito, debería tenerla, para operar el radar
Informar a la ANSV por mail (PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP".gov.ar)
Más información y contactos de asistencia: La Mesa de Ayuda de la ANSV brinda asistencia en este tema: 0800-122-2678. En la web oficial de la ANSV está el listado de los radares homologados y toda la información necesaria: https://www.argentina.gob.ar/seguridadvial/radares
ESPERO SIRVA PORQUE ESTOY BUSCANDO TODA LA INFO QUE PUEDA YA QUE ME LLEGO UNA MULTA DE LOMAS DE ZAMORA CUANDO NUNCA EN MI VIDA ESTUVE AHI, TODAVIA NO ENCONTRE UN MODELO DE DESCARGO.... *leo*
 #1232787  por nesta
 
tendrias q ir al tribunal de faltas de lomas y probar que no estuviste ahi. Los medios de prueba los tenès q aportar.
 #1248363  por mchsrrez
 
Hola buen dia ,soy nuevo en el foro y necesito una ayuda legal,mi tema son por infracciones de transito ,una por exceso de velocidad a 69km cuando la maxima es de 60km y tres por cruzar un semaforo en rojo del cual no funcionaba correctamente ,(PERMANECIA EN ROJO Y NO CAMBIABA AL VERDE) en ruta 4 partido de Alte Brownme, llegaron las multas a mi domicilio realice el descargo en la Plata despues de concurrir tres veces y esperar un minimo de 2 1/2hs ,cada vez que fui,perder el derecho del 50%,y la resolucion de la sentencia fue negativa hacia mi debiendo pagar ahora casi $51000 que vencen todas juntas el 01/11/19 .
Hay algina forma de anular estas infracciones?
gcias y slds
 #1278287  por profesional
 
CHICOS
Todo sabemos que si no te notifican la multa uno puede plantear la nulidad por no estar notificada y por no poder ejercer el derecho de DEFENSA EN JUICIO
Pero ¿por que los registros automotor inscriben una fotomulta cuando no hay un debido proceso legal y menos aún una sentencia que tenga firmeza?
La mayoría se entera de las fotomultas cuando realiza una transferencia o cuando renueva el carnet de conducir
Como podemos defender a nuestros clientes ante tal avasallamiento?
Si es que desean cobrar dicha multa, por que no se gastan una $$$ en notificarla fehacientemente???