Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • CONSIGNACION JUDICIAL MUTUO HIPOTECARIO DEUDA EN DOLARES

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #1068843  por DraLuciana81
 
Hola! Alguien me podría apuntar qué no me puede faltar a la hora de armar la demanda? No soy esperta en el tema y no quiero perjudicar a mi cliente que quiere cumplir el pago en pesos a dolar oficial, ya que varias cuotas las vino pagando a valor blue y le resulta imposible de cumplir. Asimismo, como encuadro la situacion de publico y notorio conocimiento de la limitacion de AFIP para comprar? Si alguien tiene modelo, estaré eternamente agradecida, como dije, no quiero que me falte nada. Gracias!
 #1069083  por flux
 
1-Podes consignar, pero te la van a impungar con 692 CCiv (creo que es ese) al decir que el pago tiene que ser en U$S billete porque asi se hizo la obligacion (el CCiv nuevo aun no rige asi que el pago en pesos por ahora no) y te van a rechazar la consignacion

2-Lo de que AFIP no vende U$S no te seria defensa util contra el acreedor, porque en si no existe prohibicion de comprar y vender U$S ni de operar en U$S, sino una limitacion por cuestiones imputables solo a aquel que quiere comprar los U$S, osea, el acreedor va a contestarte, de manera mas fina, algo como "anda y pedi los U$S a AFIP, si no te los da por ser inconsistente financieramente..., problema tuyo y de tu irregularidad fiscal, no es cosa mia ni me tengo porque hacer cargo de eso". En todo caso tu cliente tendria que pedir a AFIP la autorizacion y en caso de que no se la den pedir un ampardo (igual..., seguro lo rechazan)

3-Suponiendo que logres pasar el pago en pesos porque te aceptan la consignacion en el juzgado, el problema es otro, fijate si en el mutuo no dice alguna clausula como "en caso de pago en pesos por imposibilidad de conseguir los U$S se aceptaran los mismos a valor de cotizacion del mercado de ..." (seguro ponen montevideo o new york, y eso es peor que el blue). Asi que la cotizacion oficial no la podrias pasar

En todo caso yo diria que trates de negociar con el argumento de "puedo pagar una cotizacion intermedia, en caso de que no quieras rematame, total..., el remate dentro de varios años va a ser en pesos y te los vas a tener que comer igual"...
 #1073274  por ired
 
si nos atenemos a lo estrictamente legal rige el art 619 CC
pero, como vivimos en un país en donde las normas no se cumplen y los jueces muchas veces las ignoran, yo me la jugaría y haría una consiganción en pesos al oficial
 #1073325  por flux
 
Le van a dar traslado a la contraria si uno consigna en pesos, y si no se aviva de impugnar pasa el pago en pesos a cotizacion oficial

Aunque si el otro impugna te rebotan la consignacion con costas