Hola, les comento como es el caso. Mi clienta es la hija de un matrimonio que falleció hace un tiempo. Ella tiene una hermana. El unico bien de la sucesión es el 50 % de un inmueble de la Provincia de Buenos Aires. El inmueble estaría registrado a nombre de la madre de mi cliente y de la hermana de la madre mi cliente (o sea la tia de mi cliente, que a su vez esta separada de hecho). El inmueble consta de dos viviendas, perfectamente divisibles. De hacerse la sucesión, luego habría que hacer una división de condominio, correspondiendo una vivienda a mi cliente y a su hermana y otra a la tía de mi cliente. Ahora bien, la única persona que está interesada en hacer la sucesión es mi cliente. La vivienda de la cual mi cliente pretende que se le reconozca el 50 % de la titularidad está usurpada por uno de los hijos de su hermana. O sea, que habría que hacer la sucesión del matrimonio fallecido, luego una división de condominio y luego un desalojo? En ese orden? Creen que tiene solución. Lo que no quiero es que mi cliente incurra en gastos, en pedido de informes y partidas y luego no poder darle una solución al caso. Me podrían asesorar? Gracias.
Colega, para inciar sucesión hay una serie de gastos en los que va a tener que incurrir si o si, cuando inicias pagar los edictos, despues una vez que esta la declaratoria va a tener la tasa y sobretasa sino el juez no te deja realizar inscripciones, tambien antes de eso vas a necesitar sacar un estado parcelario mas los certificados de dominio etc.
En estos casos lo que podes hacer es ver si es que te pueden dar un BLSG, pero sino es asi antes de arrancar la causa hacele una lista a tu cliente de todos los gastos que este avisado, y yo diría que antes de inicar le cobres algo porque la verdad es que hay muchos que cuando ven lo que tienen que pagar se hacer los "distraídos" y no aparecen mas y vos al final trabajas al divino boton.
Espero que te sirva.
Saludos.