si mi papa dono a mi hijo.... cuando mi padre muera yo puedo intentar accion de colacion contra mi hijo? (aclaro que cuando recibió la donacion el nene era menor de edad y yo firme por él la escritura)
Se ha resuelto sobre el tema:
"La acción de simulación es ineludible como paso previo a la colación, si el acto se reputa insincero, pero la procedencia de su tratamiento, queda sujeta a la viabilidad de la acción principal (colación) lo que en el caso no se da. Ello así, ante un imputado acto verdadero de donación de abuela a nieto, encubierto como compraventa, es necesario que al tiempo de realizarse la donación haya sido un sucesible legitimario con llamamiento actual. De allí que el nieto no está obligado a colacionar una donación realizada en su favor mientras vivía el padre, aunque prefallecido éste, concurra por derecho de representación a la sucesión de la abuela. Dicha interpretación se corresponde con lo normado por el artículo 3476 del Código Civil; y 3481, 1ra. parte y 3482 de dicho dispositivo legal".
Lo complicado es desentrañar su contenido. Para ello, deberás consultar a un letrado
