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  • APORTES A LA CAJA

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 #1070931  por Iusgus2013
 
Buenas colegas. Queria que me ayudarán a disipar una duda respecto a los aportes a la Caja. Al finalizar el año, se debe abonar un monto de aportes de acuerdo a la cantidad de años y los de matriculación. Si mal no entendi, uno puede hacer que se devenguen de juicios que tenga iniciados? Como sería eso? Agradeceria si tienen la amabilidad de explicarmelo.
Muchas gracias!
 #1070992  por DRA. MACA
 
Y que te dijeron en la caja?
 #1071079  por Iusgus2013
 
DRA. MACA escribió:Y que te dijeron en la caja?

Justamente eso cuando llame. Consulto por aca para ver que me dicen los colegas, sino concurrire a la Caja. Saludos
 #1071325  por Herno
 
Le explico brevemente:
Usted tiene, como matriculado en el colproba que cumplir con la CAO. El monto de la CAO varía segun los años de edad ue posea ud y los de expedición de su título.
Esa Cao se va restando de los ius previsionales abonados comoasí también de los aportes sobre los honorarios regulados y percibidos en juicio.
Al finalizar el año se hace la cuenta, si se pasó de monto de la CAO, muy bien, siga así, al menos en principio.
Si no llegó debe integrar el faltante.
Creo que se entiende, sino me avisa.
Saludos
 #1071340  por Iusgus2013
 
Herno escribió:Le explico brevemente:
Usted tiene, como matriculado en el colproba que cumplir con la CAO. El monto de la CAO varía segun los años de edad ue posea ud y los de expedición de su título.
Esa Cao se va restando de los ius previsionales abonados comoasí también de los aportes sobre los honorarios regulados y percibidos en juicio.
Al finalizar el año se hace la cuenta, si se pasó de monto de la CAO, muy bien, siga así, al menos en principio.
Si no llegó debe integrar el faltante.
Creo que se entiende, sino me avisa.
Saludos

Sisi, fue muy claro. A modo de ejemplo: Si debo abonar 4000$, en ingrese 10 juicios, aportando 10 ius, serian 2100$, lo restante debo abonar si o si, o puedo solicitar que se devengue de los juicios propiamente dicho? Reitero, gracias por la amabilidad de explicar. Saludos
 #1071358  por Herno
 
Si se le termino el año y tiene saldo pendiente debe abonarlo.
Lo del año ue viene irá a la CAO del año que viene.
Saludos
 #1071366  por Iusgus2013
 
Herno escribió:Si se le termino el año y tiene saldo pendiente debe abonarlo.
Lo del año ue viene irá a la CAO del año que viene.
Saludos

Muchas gracias por tu predisposición Herno! Saludos!!!