Hola colegas les hago una consulta: en una demanda por mala praxis médica, mi cliente fue operada en agosto de 2012. Se realizaron mediaciones privadas (con otro letrado)que tuvieron lugar desde Mayo hasta Octubre de 2013. Mi pregunta es: de cuánto tiempo el el termino de prescricion de 2 años?? y por cuanto tiempo se interrumpe la prescripcion: por el tiempo que duraron todas las mediaciones privadas, en este caso 5 meses?? Gracias por su ayuda de antemano.
Yo me jugaría por la ley de Defensa del consumidor, art. 50. Prescripción. Las acciones judiciales, las administrativas y las sanciones emergentes de la presente ley prescribirán en el término de tres (3) años. Cuando por otras leyes generales o especiales se fijen plazos de prescripción distintos del establecido precedentemente se estará al más favorable al consumidor o usuario. La prescripción se interrumpirá por la comisión de nuevas infracciones o por el inicio de las actuaciones administrativas o judiciales. (art. sustituido por Ley N° 26.361)
Por otra parte, entiendo que, tanto la mediación pública, como la privada, no suspenden, ni interrumpen, prescripción alguna, habida cuenta que son normas procesales, por ende locales, que en nada pueden incidir sobre una cuestión de fondo, como la prescripción, regida sólo por el Código Civil o leyes nacionales, como la del consumidor, pero no por las procesales.
