Según el art 59 la rebeldía se puede notificar por cédula o por edictos por 2 días. Obviamente es más conveniente notificar por edictos ¿alguno de ustedes notificó la rebeldía por edictos alguna vez?¿qué costo tiene?¿tienen algún modelo?
Gracias a Dios y a la DRA FURRIOL por existir este portal lleno de gente inteligente
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