Estimados: en una sucesión que llevó años en Pcia de Buenos Aires, varios Herederos todos sobrinos del causante se obtiene declaratoria de herederos.
Años antes de iniciarse el sucesorio uno de los sobrinos quien fue luego designado administrador provisorio hace un contrato de comodato sobre el único bien inmueble de la sucesión.
Ahora con la declaratoria y con constancia de que el inmueble sigue inscripto a nombre del causante (se solicitó informe de dominio y el inmueble está a nombre del causante):
1) No podemos hacer la agrimensura porque en la casa habitan parientes del comodatario ya fallecido.
2) Enviamos carta documento sin respuesta.
CONSULTAS:
1) ¿Cómo procederían en lo inmediato para garantizar los derechos de los herederos en lo inmediato?
2) ¿pido dominio inhibición y valuación manifiesto imposibilidad de realizar la agrimensura pago tasa y sobre tasa y solicito la inscrip? ¿que será una inscrip provisoria porque falta la mensura? ¿No?
3) ¿Pido testimonio con el inicio el desalojo?
4) ¿alguna cautelar rápida que sugieran para avanzar en la declaratoria?
5) Soy patrocinante de los herederos que representan el 22 % por tanto el tema de los gastos que demanden estos procedimientos y ante la inacción y desinterés de los demás herederos en principio deberán afrontarlos todos ellos sin perjuicio de los ulteriores reintegros que correspondan. Por tanto consulto, si ante la CD enviada a los ocupantes de la casa es necesario inscribir la declaratoria para preservarla de ellos o mejor avanzo (teniendo en cuenta los gastos que demanda la inscripción en el desalojo?
Gracias.
Años antes de iniciarse el sucesorio uno de los sobrinos quien fue luego designado administrador provisorio hace un contrato de comodato sobre el único bien inmueble de la sucesión.
Ahora con la declaratoria y con constancia de que el inmueble sigue inscripto a nombre del causante (se solicitó informe de dominio y el inmueble está a nombre del causante):
1) No podemos hacer la agrimensura porque en la casa habitan parientes del comodatario ya fallecido.
2) Enviamos carta documento sin respuesta.
CONSULTAS:
1) ¿Cómo procederían en lo inmediato para garantizar los derechos de los herederos en lo inmediato?
2) ¿pido dominio inhibición y valuación manifiesto imposibilidad de realizar la agrimensura pago tasa y sobre tasa y solicito la inscrip? ¿que será una inscrip provisoria porque falta la mensura? ¿No?
3) ¿Pido testimonio con el inicio el desalojo?
4) ¿alguna cautelar rápida que sugieran para avanzar en la declaratoria?
5) Soy patrocinante de los herederos que representan el 22 % por tanto el tema de los gastos que demanden estos procedimientos y ante la inacción y desinterés de los demás herederos en principio deberán afrontarlos todos ellos sin perjuicio de los ulteriores reintegros que correspondan. Por tanto consulto, si ante la CD enviada a los ocupantes de la casa es necesario inscribir la declaratoria para preservarla de ellos o mejor avanzo (teniendo en cuenta los gastos que demanda la inscripción en el desalojo?
Gracias.

