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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1072766  por juancapa
 
Gente, los consulto respecto a una pensión directa que tengo que presentar.
El causante presenta aportes en relación de dependencia y como autónomo, simultáneos. Es regular con derecho porque tiene 36/36.
Pensé que con presentar la solicitud de prestación previsional alcanzaba, dado que están todos los aportes acreditados en el sistema. Pero me comentaron que es necesario hacer un SICAM para "prescribir los aportes".
Entiendo que -a los fines de aumentar el haber inicial- pretenderían que renuncie -si bien dijeron "prescriba"- los aportes autónomos. He leído bastante al respecto, entre ellos un artículo de Jáuregui donde desmiente este mito de que los aportes autónomos "bajan" el monto de la pensión si hay relación de dependencia.
Qué me recomiendan hacer?
Saludos y gracias
 #1073215  por MARIO1943
 
juancapa escribió:Gente, los consulto respecto a una pensión directa que tengo que presentar.
El causante presenta aportes en relación de dependencia y como autónomo, simultáneos. Es regular con derecho porque tiene 36/36.
Pensé que con presentar la solicitud de prestación previsional alcanzaba, dado que están todos los aportes acreditados en el sistema. Pero me comentaron que es necesario hacer un SICAM para "prescribir los aportes".
Entiendo que -a los fines de aumentar el haber inicial- pretenderían que renuncie -si bien dijeron "prescriba"- los aportes autónomos. He leído bastante al respecto, entre ellos un artículo de Jáuregui donde desmiente este mito de que los aportes autónomos "bajan" el monto de la pensión si hay relación de dependencia.
Qué me recomiendan hacer?
Saludos y gracias
SIN SON SIMULTANEOS, NO HAY PROBLEMAS YA QUE SUMAN EN LA DETERMINACION DEL HABER, EN PENSIONES SI NO SON SIMULTANEOS, PUEDE PERJUDICAR YA QUE LOS PROMEDIOS SON DE LOS ULTIMOS 5 ANOS Y SI HAY AUTONOMOS PUEDE PERJUDICAR YA QUE LOS PROMEDIOS NO SON INDEPENDIENTES COMO EN EL CASO CUANDO SE VA POR LOS 30 ANOS EN J.O., ESO ES LO QUE DICE EL DR. JAUREGUI
CON RESPECTO A LOS PERIODOS DE AUTONOMOS HAY QUE VER SI ESTAN PAGOS Y DE QUE FECHA SON, SI SE PUEDE PRECRIBIR, HAY QUE PRESCRIBIRLO, DE LO CONTRARIO HAY QUE APLICAR EL DECRETO 526/95, EN TU CASO NO SE PUEDE RENUNCIAR POR LEY 25321
 #1073252  por juancapa
 
Gracias por tu rta Mario.
Me sorprendió que ingresando al SICAM, veo que tiene el último año con deuda -de capital e intereses- alrededor de $2000-$2700. Esta deuda se generó este año, qué me recomendarías hacer? Qué implicancia tiene en la determinación del haber el tener períodos con deuda?
 #1073443  por juancapa
 
Gracias Mario. Entonces no entiendo por qué desde ANSES me dijeron que tenía que "prescribir" (así dicen aunque en realidad entiendo que es "renunciar") los aportes con deuda vía SICAM. Me limito a presentar la solicitud con invocacion del decreto 526 ?
 #1073444  por MARIO1943
 
juancapa escribió:Gracias Mario. Entonces no entiendo por qué desde ANSES me dijeron que tenía que "prescribir" (así dicen aunque en realidad entiendo que es "renunciar") los aportes con deuda vía SICAM. Me limito a presentar la solicitud con invocacion del decreto 526 ?
EL PERIODO ESTA PRESCRIPTO?
 #1073453  por Emma2011
 
juancapa escribió:No, son períodos desde el 2007 a 2014, no hay ninguna deuda prescripta. por?
Porque si fueran periodos prescriptos, los podrias "prescribir" con la ley de prescripcion, pero como no son prescriptos se aplica el dec.526 tal como te indica Mario.
 #1073459  por juancapa
 
Gracias colegas
Entonces me surgen dos preguntas
1- alcanza con presentar el día de turno la plantilla de solicitud de pensión? Los aportes surgen de la sabana que expidió anses así q están cargados
2 - por que razon me pueden haber dicho q haga un sicam para "prescribir" la deuda?
 #1073477  por Emma2011
 
juancapa escribió:Gracias colegas
Entonces me surgen dos preguntas
1- alcanza con presentar el día de turno la plantilla de solicitud de pensión? Los aportes surgen de la sabana que expidió anses así q están cargados
Se hace la liquidacion del sicam, y los periodos con deuda se dejan con la deuda y se pide la aplicacion del decreto 526 a los mismos.
2 - por que razon me pueden haber dicho q haga un sicam para "prescribir" la deuda?

Si eso te dijeron, porque son unos burros, periodos NO PRESCRIPTOS, NO SE PUEDEN PRESCRIBIR....
 #1073514  por juancapa
 
Estimados colegas, me quedó una pregunta en el tintero.
En el SICAM sólo liquido y luego imprimo el detalle de deuda, los pagos y los formularios 558 A/B/C/, obviamente entiendo que no hace falta ingresar a ninguna moratoria. es correcto?
 #1073544  por MARIO1943
 
juancapa escribió:No, son períodos desde el 2007 a 2014, no hay ninguna deuda prescripta. por?
, COMO EN ANSES TE DICEN QUE PRESCRIBAS?, NO PODES RENUNCIAR, TENES QUE APLICAR EL DECRETO, SI EL PERIODO ESTUBIERA PRESCRIPTO , SI PODIAS PRESCRIBIR