Hola gente, aparezco por aqui para consultar algunas cositas MUY BASICAS sobre la liquidacion de SICAM con la nueva moratoria. El tema es que tengo dos clientas que son conocidas y me confiaron el caso, recien arranco en la profesión y no tengo idea de como hacer jubilaciones ni tampoco tengo a nadie conocido que las haga, asi que estoy bastante perdida.
Una de ellas supero la edad jubilatoria (tiene 61) y solo tiene unos pocos periodos aportados en relacion de dependencia (6 años aprox). Al ingresar al SICAM me pide que cargue la situacion de revista, alli deberia ingresar los otros periodos no comprendidos en la lista sabana de ANSES? O me equivoco? La señora tiene CUIT (hace poquito la sacó) y clave fiscal, pero no se inscribió como monotributista, es necesario inscribirla o ya no? (Supuse que por su edad no iba a ser necesario pero quizas me equivoco). Une vez cargada la situacion de revista deberia aplicar el beneficio del art. 19? O no procede?
Espero me puedan orientar, porque la verdad que lei bastante material pero estoy sola y no entiendo muy bien. Gracias
Una de ellas supero la edad jubilatoria (tiene 61) y solo tiene unos pocos periodos aportados en relacion de dependencia (6 años aprox). Al ingresar al SICAM me pide que cargue la situacion de revista, alli deberia ingresar los otros periodos no comprendidos en la lista sabana de ANSES? O me equivoco? La señora tiene CUIT (hace poquito la sacó) y clave fiscal, pero no se inscribió como monotributista, es necesario inscribirla o ya no? (Supuse que por su edad no iba a ser necesario pero quizas me equivoco). Une vez cargada la situacion de revista deberia aplicar el beneficio del art. 19? O no procede?
Espero me puedan orientar, porque la verdad que lei bastante material pero estoy sola y no entiendo muy bien. Gracias