Hola, tal vez alguien que ya haya hecho una demanda por la ley 26844 pueda aclararme esto. Empleada en negro. Si no puedo invocar el art 80 LCT...cómo solicito que se le entregue la documentación a la actora (libreta de trabajo y certificación de servicios y remuneraciones)?
En un laboral común, invocamos el art 80 lct (que además agrava la indemnización) y pedimos que se entregue la documentación bajo apercibimiento de la aplicación de astreintes. Como la 26844 dice expresamente que la 25345 no se aplica a este régimen, no se podría invocar el art 80...entonces: no puedo pedir que se entregue la documentación bajo apercibimiento de astreintes? Simplemente pido que se entregue documentación? No pido nada?
Por las dudas, cuando estábamos en el intercambio de telegramas, abrí el paraguas y pedí "entrega de la documentación que surge de la 26844", como requiere el art 80 último párrafo, aunque no se aplicara el mismo.
Tal vez me estoy enredando demasiado con esto...es mi primer demanda de doméstico y no quiero pifiar. Gracias!
En un laboral común, invocamos el art 80 lct (que además agrava la indemnización) y pedimos que se entregue la documentación bajo apercibimiento de la aplicación de astreintes. Como la 26844 dice expresamente que la 25345 no se aplica a este régimen, no se podría invocar el art 80...entonces: no puedo pedir que se entregue la documentación bajo apercibimiento de astreintes? Simplemente pido que se entregue documentación? No pido nada?
Por las dudas, cuando estábamos en el intercambio de telegramas, abrí el paraguas y pedí "entrega de la documentación que surge de la 26844", como requiere el art 80 último párrafo, aunque no se aplicara el mismo.
Tal vez me estoy enredando demasiado con esto...es mi primer demanda de doméstico y no quiero pifiar. Gracias!