Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • DAÑOS- REBELDIA DEMANDADO

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #1074815  por humberto2
 
FORISTAS: NECESITO OPINIONES!!. ESTOY POR LA PARTE ACTORA EN UNA DEMANDA DE DAÑOS POR ACCIDENTE DE TRANSITO. SE LE CORRIÓ TRASLADO DE LA DEMANDA AL DEMANDADO (Q ESTA PRESO) Y NO LA CONTESTÓ. Y ESTA EN TRAMITE DE DILIGENCIAMIENTO LA CÉDULA A LA CÍA DE SEGUROS. VOY A PEDIR LA REBELDÍA DEL DEMANDADO. AHORA BIEN: TENGO POSIBILIDAD DE TRABARLE UN EMBARGO UNA VEZ FIRME LA REBELDÍA?. EN SU CASO...POR QUE MONTO??? POR EL MONTO DE LA DEMANDA???. CREEN QUE ESTO ME POSICIONA MEJOR PARA LLEGAR A UN ARREGLO CON LA CÍA...O NO TIENE NINGUNA INCIDENCIA?.
AGUARDO SUS COMENTARIOS
 #1074854  por juancapa
 
En mi opinión, una vez rebelde podés embargarlo al demandado, dado que es uno de los supuestos previstos en el CPCC: ARTÍCULO 63°: Medidas precautorias. Desde el momento en que un litigante haya sido declarado en rebeldía podrán decretarse, si la otra parte lo pidiere, las medidas precautorias necesarias para asegurar el objeto del juicio, o el pago de las costas si el rebelde fuera el actor.

También creo que el embargo del demandado no te mejora la posición para negociar con la compañía de seguros, ya que ésta se va a defender -dalo por hecho- en el juicio, te va a negar todo, etc.
 #1079531  por andresxeneizes
 
el seguro se va a cagar en lo que le hagas al asegurado y si le cobras al asegurado y no a ellos mejor, si siempre son los primeros en abrirse de gambas y oponer cualquier excepcion de falta de cobertura para no pagar, vos te pensas que van a actuar distinto en este caso?