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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #115477  por gallemaricel
 
Hola, tengo q presentar una demanda en pcia bs as por despido sin causa y accidente de trabajo (el trabajador estaba en negro), no consigo ningun médico laboral para que me haga el informe de la incapacidad q tiene. Que hago?
1- Presento la demanda con un % q obtengo yo de ver los varemos y pido perito médico para q establezca el %?
2- Presento la demanda solicitando directamente perito médico para q establezca el % de incapacidad?? En este caso, como pongo en la liquidacion el $ q corresponderia por la incapacidad??

Muchas gracias!!

 #115853  por Mavericks
 
Mira trata de verlo aunquesea con un medico legista llevale el porcentaje que saques a traves de la tabla de varemos y que te diga a ver si esta bien, sino de ultima pedi a un perito solicitandolo como bien decis, fijate bien el porcentaje de la incapacidad ya que sino despues llevaria mas tiempo ante las comisiones medicas
Suerte :) !!!

 #115866  por gallemaricel
 
Gracias por contestar!!!
Consulta: si pongo de mas en el % no pasa nada? de última el exacto siempre lo va a dar el perito médico, no???
POr otro lado: como cuantifico cada punto de incapacidad para ponerlo en la liquidación?? me dijeron que el punto aprox $1500. Lo calculo asi y listo? que se encargue al otra aprte de hacerlo disminuir, no????

Graciassssssss

 #115881  por Mavericks
 
Si establece un monto superior y siempre trata de chequearlo con un medico legista digo por el grado total despues se pelesa en comision medica y se vera bien pero tampoco podes poner algo exagerado espero que entiendas mi interpretación..
te deso suerte cualquier cosa volve a postear
saludos!!!

 #115890  por gallemaricel
 
Graciasssssss
Y con respecto al valor del puento de la incapacidad??? 1500 esta bien??
Segun varemos seria 28%, esta bien q ponga 40??

Gracias y epsero no molestar massss

 #115897  por Mavericks
 
Mira yo se sobre como se maneja la la ley no soy abogado, soy un estudainte de relaciones laborales te mentiria si te digo que esta bien espera la respuesta de los demas forista y un especialista en temas de tablas de varemos y liqudacion yo solamente trate en orientarte sobre el marco legal del mismo y que puedas ver como son las situaciones que se pueden dar desde ya te debo esa respuesta y espero que puedas realizarlo pronto saludos!!! :)

 #117128  por MORGAN
 
Galle está mal, que querés reclamar una reparación integral o las prestaciones de la ley 24557?

 #117132  por gallemaricel
 
Morgan, el trabajador estaba en negro, por lo que el empleador se tiene q hacer cargo de la indemnizacion por la incapacidad. no?
Al final lo que voy a hacer es presentar al demanda sin el informe, y despues pido el perito, igual, de todas formas, en pcia, no me aceptan el consultor de parte para que presente informe y el perito igual hay q pedirlo!
te parece bien???
Gracias por contestar

 #117139  por MORGAN
 
Sí, el empleador se tiene que hacer cargo de la indemnización por accidente pero la ley 24557 establece que en esos casos igual el empleador va a pagar las prestaciones que establece la misma. Se entiende?. Si reclamás una reparación integral basada en el CC tenés que plantear la incostitucionalidad de la ley de riegos del trabajo -24557-.
Conviene estimar el monto de entrada, o consultás a un legista de tu zona, o date maña, fijate si conseguís el baremo de aplicación obligatoria de la Pcia. de Buenos Aires -Resolución 303/93 de la Subsecretaría de Trabajo de la Pcia. de Buenos Aires-. Cuando solicitás los puntos de pericia podés solicitar que se aplique tal o cual baremo con expresa prohibición al perito de utilizar otro, el abogado debe manejar la prueba no el perito.

 #117149  por gallemaricel
 
Morgan, voy a reclamar por la 24557. Lo que si no encuentro apra nada es el baremo que se aplica a la pcia. de buenos aires, tenes idea en donde puedo encontrarlo?? Hay muchos baremos diferentes en la pcia???

Gracias y disculpa las molestias!!!