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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1077989  por Nataaliatl
 
Buen día, queria consultarles algo ya que no poseo mucha experiencia y me surgio una duda; por lo cual antes de hacer mal las cosas pregunto; tengo una demanda laboral en la cual se ordeno su primer despacho, es decir tengo traslado a los demandados; uno de ellos reside en la Ciudad Autonoma de Buenos Aires; mi pregunta es si está bien que se realice una cedula ley ya que la demanda se inicio en el Departamento Judicial de Necochea. Desde ya muchas gracias por su atencion.
 #1078029  por PRETOR
 
Hola. Efectivamente tenés que notificar por ley 22.172. Saludos