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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1078540  por Santina87
 
Que tal, me consulta un Sr. a quien le han decretado una restricción perimetral, de la cual toma conocimiento ahora. No fue notificado ni citado a audiencia.
Cómo solicito se levante la medida, en estos últimos días del año? ..le dijeron que se presente mañana..lo cual no sé si será viable..no sé si mesa de entrada recibirá..
Directamente se presenta, manifiesta y solicita se levante la medida? está bien así?
solicita se fije una audiencia con consejero y equipo interdisciplinario.. hay hijos menores.
Agradezco su buena voluntad !
Saludos.
ST
 #1078602  por buenosairesfamilia
 
Si no esta notificado lo mejor es que no haga ninguna presentacion hasta que lo notifiquen. Asimismo, que tome todos los recaudos posibles para que la medida no le cause perjuicios. Esto ultimo es mas relevante cuando son exclusiones, con los perimetros mucho no es necesario hacer.

Para que se deje sin efecto un perimetro hay dos alternativas:
1) acreditar sumariamente que las causas que dieron origen a la medida ya no estan, lo que habilita al juez a dejar sin efecto la medida (esto es algo generico de todas las medidas cautelares),
2) apelar la resolucion.
En el 99.99% de los casos no hacen lugar a ninguno de esos dos planteos.

Si optas por apelar, no te van a habilitar la feria. Si optas por pedir que se deje sin efecto la medida, si acreditas la urgencia y el peligro en la demora de que continue vigente el perimetro podes pedir que te habiliten la feria.

Recorda que los perimetros son medidas autosatisfactivas, el juez no te va a habilitar a que produzcas prueba. Por eso en la gran mayoria de los juzgados no te van a dar entrevistas con el equipo tecnico. Tampoco te van a dar audiencias con el consejero de familia porque con la ley ultima reforma de la ley, estan expresamente prohibidas.
 #1078827  por Santina87
 
buenosairesfamilia escribió:Si no esta notificado lo mejor es que no haga ninguna presentacion hasta que lo notifiquen. Asimismo, que tome todos los recaudos posibles para que la medida no le cause perjuicios. Esto ultimo es mas relevante cuando son exclusiones, con los perimetros mucho no es necesario hacer.

Para que se deje sin efecto un perimetro hay dos alternativas:
1) acreditar sumariamente que las causas que dieron origen a la medida ya no estan, lo que habilita al juez a dejar sin efecto la medida (esto es algo generico de todas las medidas cautelares),
2) apelar la resolucion.
En el 99.99% de los casos no hacen lugar a ninguno de esos dos planteos.

Si optas por apelar, no te van a habilitar la feria. Si optas por pedir que se deje sin efecto la medida, si acreditas la urgencia y el peligro en la demora de que continue vigente el perimetro podes pedir que te habiliten la feria.

Recorda que los perimetros son medidas autosatisfactivas, el juez no te va a habilitar a que produzcas prueba. Por eso en la gran mayoria de los juzgados no te van a dar entrevistas con el equipo tecnico. Tampoco te van a dar audiencias con el consejero de familia porque con la ley ultima reforma de la ley, estan expresamente prohibidas.
Hola buenosairesfamilia, la cédula de notificación se libró pero la comisaría nunca notificó.
El cliente muy preocupado quiso presentarse, fue un colega a acompañarlo, el cliente firmó negando los hechos.
La única vía posible según el juzgado es la apelación, si bien el colega pidió presentar "se deje sin efecto la medida" porque la violencia no existió sino que fue inventado.. pero el juzgado no hizo lugar.
El problema es que la mujer no trabaja y con 5 chicos.. no tiene entrada económica y eso le preocupa al padre..
Ya estamos en feria y la medida vence en marzo.
Con esta ley, no hay lugar a nada.. y muchas veces las denuncias son falsas.. pagan las consecuencias los chicos.
Saluds.
ST
 #1079881  por buenosairesfamilia
 
Cuando firmo se notifico, y a partir de esa fecha entro en vigencia el perimetro y comenzo el plazo para recurrir la resolucion (apelacion = 3 dias habiles).

Lo que tendrias que tener bien en claro es que el perimetro es una CAUTELAR, al juez no le importa en lo absoluto si hubo o no violencia, lo unico que mira es si hay verosimilitud del derecho, y la jurisprudencia dice que para un perimetro, la mera denuncia policial y el relato racional de los hechos basta y sobra para dar verosimilitud del derecho.

Esta es la razon por la cual nunca prosperan las apelaciones: basicamente, las medidas siempre estan bien concedidas, no porque haya habido violencia, sino porque los requisitos para dar el perimetro son minimos.

Por ultimo, lo que te dijo el juzgado es una verdad a medias. La realidad es que si no habia verosimilitud del derecho la unica via posible es la apelacion, pero si habia verosimilitud del derecho (casi siempre hay) tenes la via del Art 202 del CPCCBA (Las medidas cautelares subsistirán mientras duren las circunstancias que las determinaron. En cualquier momento en que estas cesaren se podrá requerir su levantamiento).

Igual, como te dije en un principio, si al señor no le complica la vida el perimetro la mejor solucion es no hacer nada y esperar a que termine. Si esta preocupado por la economia de la señora tranquilamente puede consignar o depositar.
 #1080024  por Santina87
 
Por ultimo, lo que te dijo el juzgado es una verdad a medias. La realidad es que si no habia verosimilitud del derecho la unica via posible es la apelacion, pero si habia verosimilitud del derecho (casi siempre hay) tenes la via del Art 202 del CPCCBA (Las medidas cautelares subsistirán mientras duren las circunstancias que las determinaron. En cualquier momento en que estas cesaren se podrá requerir su levantamiento).

Lo mismo pensé, pedir el levantamiento porque las circunstancias han cesado desde el momento que él se fue del hogar.
Pero me dijeron que no. Que apelara..
Si bien creo que iniciando el alimentos y régimen de visitas ..tratarán primero éstas materias, antes de proveer la apelación ,, la cual no veo posible que la admitan.

Muchas gracias por las opiniones.
Saludos y buen comienzo de año!!
 #1080046  por buenosairesfamilia
 
Como te comente antes, en el 99.99% de los casos no hacen lugar a ninguno planteo. Esto se debe a que las medidas de violencia familiar por lo general están bien dictadas, no porque haya habido violencia, sino porque la ley de violencia familiar que tenemos es desastrosamente aberrante.
 #1080892  por abogada2007
 
hola, es mi primer caso de violencia domestica, penal...la duena de la casa recibio de su ex concuvino una restriccion de 200mts, que incluye la casa en consrtruccion de ella, quiere dejar a alguien que le cuide la casa, es necesario hacer una autorizacion al cuidador por escribano. auxilio!!
 #1169837  por pupina02
 
colegas tengo una duda, mi cliente tiene una restriccion perimetral junto a su hermano mayor y su madre por una discusion elevada de tono con amenazas entre suegra y nuera.
Voy a apelar, pero como se dicto en contra de los tres no se si tengo que fundar por separado y presentar tres escritos distintos o con uno basta!
 #1176555  por Nicolasrodriguez33
 
Gente tengo una urgencia, mi cliente tiene 73 años, discutió con su mujer, ella lo denuncio y con eso la jueza le impuso una perimetral y no fijo limite de duracion! Mi cliente esta viviendo de prestado, no tiene lugar y no esta en condiciones de alquilar. Como debo hacer para cesar la medida?