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  • PRORROGA DE LA JURISDICCIÓN EN SUCESIÓN

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 #1079953  por draqueen2012
 
Les hago una consulta por PRÓRROGA DE JURISDICCIÓN EN SUCESIÓN. El causante falleció en pcia de Bs.As y los herederos también tienen domicilio en Pcia de Bs.as, hay que iniciar la sucesión por un dinero proveniente de un seguro de vida cuya casa central ( la del Seguro) tiene domicilio legal en capital Federal. Se puede iniciar en Capital Federal mediando conformidad de todos los herederos? Que opinan? Les agradezco de antemano a todos por el aporte.Saludos!
 #1079956  por legalescom
 
La prórroga de jurisdicción, se da dentro de la misma Pcia., por ejemplo de Morón, a la Plata, pero no de Pcia. a Capital Federal y viceversa. Aunque, por el art. 2 del Cód. Procesal de Capital, podría intentarse, pero, la jurisprudencia de la CSJN en el caso HIMMELPACHER CARLOS s/suc./ 68 estableció que “ el domicilio que tenia el difunto al tiempo de su muerte determina el lugar en que se abre su sucesión aunque exista un heredero único,. Pues el 3285 solo fija la jurisdicción del juez a quien corresponde entender en las acciones personales que se dirigen contra el heredero único que hubiere aceptado la herencia, pero no señala otro lugar previsto para la apertura del juicio sucesorio.