Hola a todos los foristas.
Se me plantea el siguiente caso y quisiera escuchar opiniones: Un cliente es dueño de una propiedad, mas estrictamente de una quinta. La misma esta formada por 4 lotes. Asimismo en esos 4 lotes hay dos construcciones. Lamentablemente las casas no se hallan sobre un lote cada una sino que ambas construcciones avanzan sobre distintos lotes.
Recientemente fue contactado por una cooperativa que desea usar el lugar para operar una escuela de educación especial (para chicos con capacidades especiales).
En síntesis, ellos le ofrecen alquilarle una de las construcciones y dejarle a mi cliente el derecho a seguir habitando en la otra. Asimismo, adaptarán a cargo de la cooperativa la construcción que usará esta última.
Todo debe realizarse "en blanco" ya que la cooperativa debe rendir ante la autoridad administrativa debida cuenta de sus balances.
Ahora bien, se me plantean estas dudas:
¿Corresponde firmar un contrato de locación Quiero decir: ¿es estrictamente una locación?
¿Puede uno alquilar solo parte de la propiedad? ¿Se regiría por la ley de alquileres urbanos?
¿Qué otro tipo de contrato puede adaptarse mejor a la situación?
Yo pensé en un contrato de usufructo.
¿Que piensan? ¿Caso atípico, no?
¡Gracias por vuestras opiniones!
Se me plantea el siguiente caso y quisiera escuchar opiniones: Un cliente es dueño de una propiedad, mas estrictamente de una quinta. La misma esta formada por 4 lotes. Asimismo en esos 4 lotes hay dos construcciones. Lamentablemente las casas no se hallan sobre un lote cada una sino que ambas construcciones avanzan sobre distintos lotes.
Recientemente fue contactado por una cooperativa que desea usar el lugar para operar una escuela de educación especial (para chicos con capacidades especiales).
En síntesis, ellos le ofrecen alquilarle una de las construcciones y dejarle a mi cliente el derecho a seguir habitando en la otra. Asimismo, adaptarán a cargo de la cooperativa la construcción que usará esta última.
Todo debe realizarse "en blanco" ya que la cooperativa debe rendir ante la autoridad administrativa debida cuenta de sus balances.
Ahora bien, se me plantean estas dudas:
¿Corresponde firmar un contrato de locación Quiero decir: ¿es estrictamente una locación?
¿Puede uno alquilar solo parte de la propiedad? ¿Se regiría por la ley de alquileres urbanos?
¿Qué otro tipo de contrato puede adaptarse mejor a la situación?
Yo pensé en un contrato de usufructo.
¿Que piensan? ¿Caso atípico, no?
¡Gracias por vuestras opiniones!
