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 #1082222  por melik89
 
Estimados colegas

Buenas tardes. Tengo un caso donde una empleada de una escuela de comedia musical estuvo varios años trabajando y facturaba como monotributista.

Hace dos años la registraron como empleada dependiente (lct). En este momento quiere intimar para que la registren con real fecha de ingreso y remuneración, ya que no estarían cumpliendo con eso. Mi duda es si al momento de reclamar por las multas de la 24013, debería invocar el art. 8 (porque durante los primeros años estuvo totalmente en negro) o por el 9 (parcialmente desde que la registraron).

Podrán ayudarme?

Gracias
 #1082263  por Martincho7
 
Multas Arts. 9, 10 y 15 Ley 24013, no va el Art 8 porque esta registrada aunque incorrectamente.
Saludos,
Martin