Hola A todos colegas!! Tengo dudas con relación al plazo para abonar LIQUIDACION FINAL, mi cliente se consideró despedida el 30/12 (mediante intercambio telegráfico), en ese entonces, sólo la han llamado sólo para decirle que ahora iba a perder tiempo para cobrar, por supuesto no la han vuelto a llamar para pagarle la liquidación final -está embarazada y fue notificada la empresa de ello oportunamente- PREGUNTA: debo enviar CD intimando al pago de la liquidación final una vez mas, por mas que lo hayamos pedido en la última CD o ya puedo sortear SECLO directamente?? Qué me recomiendan?? Saludos. Transcribo el último párrafo de la cd: (...) Intimo abone indemnizaciones por despido, integración y preaviso todos con su SAC, bajo apercibimiento de reclamar la multa establecida en el art. 2 de la ley 25.323 y 25.345. Cierro intercambio epistolar. Queda Ud. debidamente notificado.