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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1082351  por konig
 
Buenas Tardes colegas, tengo a una cliente a la que le hicieron sucesivos contratos a plazo fijo (por su tipo de actividad, en ventas, no se justifica esa modalidad laboral) y estoy haciendo el primer telegrama, el primero que hago de este tipo, como mencionarían ese tema?, cambian los items a ser reclamados?, es el segundo intercambio epistolar que me toca hacer, agradezco cualquier colaboracion.

Saludos
 #1082359  por gamorza2002
 
No se entiende tu mensaje, ¿sigue trabajando? ¿o la despidieron?. ¿Que es lo que queres intimar a la empleadora? Acordate que el contrato a plazo fijo debe contener 2 cosas, la fecha hasta que termina y cual es la razón por la que contratan de esa forma, si falta alguna de esas cosas inmediatamente es un contrato a tiempo indeterminado. Otra cosa importante es que debe ser preavisado 30 días antes de terminar el contrato, si lo hacen un día después, de la misma forma, se transforma en contrato a tiempo indeterminado.

Saludos
 #1082361  por konig
 
Gracias por responder, debi haber comentado mas cosas: le renovaron una y otra vez un contrato de plazo fijo (ella esta en ventas), tenia 2 contratos distintos a plazo fijo, uno de los cuales se vencio y le dijeron verbalmente que no fuera mas (voy a poner que le negaron tareas por los inconvenientes que puede traer lo del despido verbal) y el otro sigue vigente pero despues de lo anterior no fue mas a trabajar, asi que voy a solicitar que aclaren situacion laboral ante la negativa de tareas y mencionar que en realidad es un contrato de tiempo indeterminado y no a plazo fijo, mi consulta era sobre como mencionar bien eso y que incumplimiento/indemnizacion etc se menciona en el telegrama ante el fraude laboral, o sea: en que cambia el telegrama (si es que cambia algo) respecto al telegrama standart de contrato por tiempo indeterminado.
Ninguno de los contratos menciona la razon de porque la contratan asi.
 #1082392  por gamorza2002
 
Lo que yo haría es considerar la relacion laboral como lo que es, un contrato a tiempo determinado, por lo que vos contas, encuadra perfectamente en el art. 14, intima con fecha de inicio desde el primer contrato, es esa la verdadera antigüedad que tiene tu cliente.
Es muy frecuente ver este tipo de cosas con los contratos a plazo fijo, o son hechos por contadores o por abogados que no se preocupan en leer bien los requisitos de esa modalidad de contrato, y luego terminan como tu caso, un gran problema para el empleador.
El despido verbal no existe, de manera que intima a que aclare situación laboral y a que registre relación laboral desde el comienzo, o sea primer contrato, (con copia a AFIP /art. 11 ley 24013).
Tenes un juicio con muchas chances.
Saludos.
 #1082617  por konig
 
Nuevamente gracias, estoy de acuedo con tu conclusion final.