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 #1083294  por anveal
 
Hola gente, les comento mi tema, inicio un juicio ejecutivo por unos cheques, salio sentencia favorable, pero hasta que salio la sentencia la otra parte inicio su concurso. Me presento en el concurso con el ejecutivo y su sentenc. favorable, pero no me hacen lugar al crédito reclamado. <yo no tengo manera de probar que esos cheques los tengo por relación comercial, no hay libros contable, nada. porq en realidad fueron intercambio de cheques por dinero, de gente q era conocida entre ellos y nada mas. alguien puede tirarme una idea de como justificar o algo. en todo caso aunque sea jurisprudencia en que se haga lugar al crédito reclamado por sentencia favorable en el ejecutivo. he buscado, leído un monton pero no encuentro, si alguien tiene le voy a agradecer. saludos!! *flor*
 #1083316  por Avct
 
Resulta insuficiente la sentencia de un juicio ejecutivo cuando no puede demostrarse la causa de la obligación. Eso es lo que tienen los concursos, es como si se abriera un juicio de conocimiento. Vas a tener que buscar la manera de acreditar a qué responden esos cheques, en concepto de qué se pagaron, si hay facturas, remitos, algo que te permita probarlo fehacientemente. Sino tu cliente sonó. http://abogados.com.ar/consideran-insuf ... gars/12957
 #1083407  por andresxeneizes
 
no le hacen lugar no por el plazo para verificar, ya que si sale sentencia luego de vencido el plazo para verificar, hay un plazo extraordinario de 6 meses para verificar (art 56 lcq creo que era)

el tema es que no le verifican el credito porque el art 32 dice que hay que demostrar la causa del mismo, hay dos plenarios en la materia difry y traslinea que los utilizan en estos casos

tendrias que iniciar el incidente de revision, y aportar la prueba de la causa de los creditos y asi lograr la verificacion de los mismos.

el tema es que si es como vos decis que no tenes nada para aportar la prueba de la causa de los creditos, estas al horno
 #1083463  por anveal
 
hola gente, gracias por tomarse el trabajo de responder, si leí los plenarios q mencionan, pero como dije no tengo manera de probar la causa. creo q estoy en el horno. mil gracias igual *suerte*
 #1083877  por ebarreyro
 
No necesariamente al horno con papas. Si es en capital, puede basarse en el sustento de los plenarios, que no es hurgar sobre la causa, sino evitar la -frecuente- connivencia entre un pseudo acreedor y el concursado.
 #1084230  por andresxeneizes
 
coincido parcialmente, ya que es cierto lo que decis, pero tenes que tener algo como para intentar sustentar eso, aca no hay nada ahora con lo vigilante que estan, yo creo que primero que nada habria que acreditar que el que presto la plata la tenia en blanco, lo cual conociendo el paño dudo que sea asi
 #1084278  por laavvocato
 
Tiene que demostrar la relación causal, el negocio que dio origen a esos cheques. Los plenarios Difry y Traslinea son determinantes en materia falencial. La LCQ exige a todos los acreedores demostrar la causa que dio origen a los cartulares (art.32). Solo se exime de probar la relación negocial si se trata de un endosatario; en ese caso sería viable la verificación.