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  • Legitimación pasiva / extensión de responsabilidad

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1085232  por DoctoraCarola
 
Estimados, siempre leo sus aportes pero esta mi primera participación en el foro por lo que espero ser clara con mi pregunta para que puedan darme una mano ya que estoy dando mis primeros pasos en la profesión.
Es mi primera presentación en un caso laboral y represento al trabajador.
El actor en un primer momento trabajo para una empresa X. Esta empresa en un buen día le pide al actor que le presente la renuncia para al otro día darlo de alta en la empresa de nombre Y. (las dos empresas están relacionadas porque realizan la misma actividad y también porque comparten socio gerente, o al menos eso lo que pude averiguar en la web, ambas son S.R.L.)
El actor renunció y siguió trabajando para la empresa Y hasta que un buen día no le dan tareas y empieza el circuito epistolar que culmina con el despido indirecto.
En ese circuito epistolar – siempre dirigido a Y – reclama los rubros indemnización por despido, diferencias salariales, art. 80 entre otros y posteriormente como no puede acceder al fondo de desempleo intima a ambas empresas (Y + X) en los términos del art. 132 bis de la LCT, estas rechazan todo, asisten al Seclo, no hay acuerdo y entonces acá me encuentro armando la demanda y con algunas dudas:
1) Demando a las dos empresas (X +Y) por los mismos conceptos, probando la vinculación entre ambas? (pensaba acompañar copia de la web donde me figura que comparten socio gerente y ofrecer en la prueba informativa oficio a IGJ)
2) Demando a la empresa "X" solo por el certificado de trabajo por el periodo trabajado hasta la renuncia y por el art. 132 bis y por otro lado demando a la empresa "Y" por la indemnización por despido,-. Art.80 y diferencias salariales y art 132bis LCT? Y a su vez fundamento la vinculación entre ambas?
3) También armé un acápite donde fundamento la extensión de la responsabilidad a los socios gerentes y mi duda es: demando a ambas empresas y de manera personal a los socios gerentes (que segun la web es una la misma en ambas empresas) a la que también le doy traslado de demanda, o solo le doy traslado de demanda a las empresas y posteriormente en caso de insolvencia hago valer la extensión de responsabilidad solicitada?
Alguien me ayuda con esto? alguien le paso algo parecido? Espero puedan darme una mano y desde ya les agradezco su tiempo!
 #1085274  por infolegal
 
Hola perdon por la molestia, les queria pedir si pueden publicar la respuesta tengo un caso similar y dudas parecidas, en mi caso son dos empresas SA con mismo pesidente, vinculadas por igual actividad y cesión de personal con reconocimiento de antiguedad, empleado en blanco, despido directo y quiero redondear el acapite legitimación pasiva.
Gracias colegas.
Saludos.
 #1085461  por DoctoraCarola
 
Hola infolegal, parecidos pero diferentes: en mi caso no hay reconocimiento de la antigûedad ni tampoco existio cesión de personal (lo hicieron renunciar para darlo de alta en la otra empresa, aunque en ambas estaba registrado el trabajador)...
Esperemos el aporte de alguien con mas experiencia en el tema que nos de una mano con la legitimacion... saludo! *leo*
 #1085485  por Martincho7
 
Infolegal, contesto tu consulta (efectivamente los casos no se parecen en cuanto a la legitimacion pasiva):
Cuando el caso es complicado despues del capitulo "hechos", le agrego uno de "Analisis de la relacion laboral" y ahi podrias ampliar explicando porque cada uno es responsable (si incluis todas las explicaciones en los hechos la historia se vuelve complicada y no te la entiende nadie).
La Sociedad 2 es responsable directa por el despido (debe ser un despido donde esta discutida la causa, no? sino no se entiende que no paguen). Su presidente podes responsablizarlo si hay fraude o una maniobra ilícita.
La Sociedad 1 aparentemente cedió el personal de acuerdo a la LCT (fijate los articulos correspondientes). Si se realizo correctamente a otro empleador solvente y el despido directo se da un buen tiempo despues, es difícil que logres responsabilizarlo por las vicisitudes posteriores de la relación laboral. Fijate el codigo comentado de Rodriguez Mancini que esta bueno sobre ese punto.
Saludos, Martin
 #1085489  por infolegal
 
Hola Martin gracias por responder, después de los hechos puse un acápite que dice legitimación pasiva y ahí explico todo, por que demando a cada uno, la sociedad 1 cede el personal que estaba en blanco y le reconoce la antigúedad la sociedad 2, lo que se hizo fue una escisión con todas las de la ley, el fondo de la cuestión es que la escisión se hace para despedir a todos los empleados sin pagarles nada, ya que al año de la escisión la sociedad 2 se concursa y la cusa del despido es falta de trabajo, crisis económica art 247, aunque éste art dice que el trabajador percibirá la mitad de la indemnización del 245, nunca ofrecieron pagar nada, hubo muchas audiencia en el ministerio y nunca nada. No le pagaron nada a nadie. Por eso demando a todos, a las 2 SA, a su pte y a los socios.
La duda me agarro porque releyendo la demanda terminada me preguntaba si explicar tanto sobre la relación laboral y por que demando a todos, pero veo leyendo los post que es mejor explicarlo para que se entienda.
Gracias por tu tiempo, y por tu explicación.