Estimados, siempre leo sus aportes pero esta mi primera participación en el foro por lo que espero ser clara con mi pregunta para que puedan darme una mano ya que estoy dando mis primeros pasos en la profesión.
Es mi primera presentación en un caso laboral y represento al trabajador.
El actor en un primer momento trabajo para una empresa X. Esta empresa en un buen día le pide al actor que le presente la renuncia para al otro día darlo de alta en la empresa de nombre Y. (las dos empresas están relacionadas porque realizan la misma actividad y también porque comparten socio gerente, o al menos eso lo que pude averiguar en la web, ambas son S.R.L.)
El actor renunció y siguió trabajando para la empresa Y hasta que un buen día no le dan tareas y empieza el circuito epistolar que culmina con el despido indirecto.
En ese circuito epistolar – siempre dirigido a Y – reclama los rubros indemnización por despido, diferencias salariales, art. 80 entre otros y posteriormente como no puede acceder al fondo de desempleo intima a ambas empresas (Y + X) en los términos del art. 132 bis de la LCT, estas rechazan todo, asisten al Seclo, no hay acuerdo y entonces acá me encuentro armando la demanda y con algunas dudas:
1) Demando a las dos empresas (X +Y) por los mismos conceptos, probando la vinculación entre ambas? (pensaba acompañar copia de la web donde me figura que comparten socio gerente y ofrecer en la prueba informativa oficio a IGJ)
2) Demando a la empresa "X" solo por el certificado de trabajo por el periodo trabajado hasta la renuncia y por el art. 132 bis y por otro lado demando a la empresa "Y" por la indemnización por despido,-. Art.80 y diferencias salariales y art 132bis LCT? Y a su vez fundamento la vinculación entre ambas?
3) También armé un acápite donde fundamento la extensión de la responsabilidad a los socios gerentes y mi duda es: demando a ambas empresas y de manera personal a los socios gerentes (que segun la web es una la misma en ambas empresas) a la que también le doy traslado de demanda, o solo le doy traslado de demanda a las empresas y posteriormente en caso de insolvencia hago valer la extensión de responsabilidad solicitada?
Alguien me ayuda con esto? alguien le paso algo parecido? Espero puedan darme una mano y desde ya les agradezco su tiempo!
Es mi primera presentación en un caso laboral y represento al trabajador.
El actor en un primer momento trabajo para una empresa X. Esta empresa en un buen día le pide al actor que le presente la renuncia para al otro día darlo de alta en la empresa de nombre Y. (las dos empresas están relacionadas porque realizan la misma actividad y también porque comparten socio gerente, o al menos eso lo que pude averiguar en la web, ambas son S.R.L.)
El actor renunció y siguió trabajando para la empresa Y hasta que un buen día no le dan tareas y empieza el circuito epistolar que culmina con el despido indirecto.
En ese circuito epistolar – siempre dirigido a Y – reclama los rubros indemnización por despido, diferencias salariales, art. 80 entre otros y posteriormente como no puede acceder al fondo de desempleo intima a ambas empresas (Y + X) en los términos del art. 132 bis de la LCT, estas rechazan todo, asisten al Seclo, no hay acuerdo y entonces acá me encuentro armando la demanda y con algunas dudas:
1) Demando a las dos empresas (X +Y) por los mismos conceptos, probando la vinculación entre ambas? (pensaba acompañar copia de la web donde me figura que comparten socio gerente y ofrecer en la prueba informativa oficio a IGJ)
2) Demando a la empresa "X" solo por el certificado de trabajo por el periodo trabajado hasta la renuncia y por el art. 132 bis y por otro lado demando a la empresa "Y" por la indemnización por despido,-. Art.80 y diferencias salariales y art 132bis LCT? Y a su vez fundamento la vinculación entre ambas?
3) También armé un acápite donde fundamento la extensión de la responsabilidad a los socios gerentes y mi duda es: demando a ambas empresas y de manera personal a los socios gerentes (que segun la web es una la misma en ambas empresas) a la que también le doy traslado de demanda, o solo le doy traslado de demanda a las empresas y posteriormente en caso de insolvencia hago valer la extensión de responsabilidad solicitada?
Alguien me ayuda con esto? alguien le paso algo parecido? Espero puedan darme una mano y desde ya les agradezco su tiempo!