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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1085723  por Iusgus2013
 
Buenas colegas. Una consulta: En mi primer laboral,presente una demanda contra un empleador por despido. El tribunal dio traslado (de oficio) el dia 23 de diciembre, por el termino de 10 dias para contestar. Hasta la fecha no han constestado. Lo coherente es solicitar YA la rebeldia? Agradeceria sus respuestas, y de ser como lo he expuesto, algun modelo para solicitarla.
Saludos
 #1085737  por edupal1964
 
Antes de pedir nada, te sugiero que te asegures que se hubiera notificado correctamente la demanda y contá bien los días teniendo en cuenta la cantidad de días inhábiles que hubo a fin de año.
 #1085741  por Iusgus2013
 
edupal1964 escribió:Antes de pedir nada, te sugiero que te asegures que se hubiera notificado correctamente la demanda y contá bien los días teniendo en cuenta la cantidad de días inhábiles que hubo a fin de año.

Gracias por la respuesta Edu. Si, los conte por ese lado no habria problemas. Pero como verifico la notificación? Supuestamente en esa fecha estaba cerrada la fabrica (por vacaciones). Pero si no lo notificaron o si lo hicieron, donde lo constato? En el expte lo ultimo anoticiado es la notificacion de traslado que realiza de oficio el tribunal.
 #1085792  por Martincho7
 
Gus,
Ya tienen agregada la cedula de notificacion que notifica el traslado? Al reverso de esa cedula tenes el informe del oficial notificador y ademas la fecha en la que fueron notificados.
Saludos, Martin
 #1085862  por Iusgus2013
 
Martincho7 escribió:Gus,
Ya tienen agregada la cedula de notificacion que notifica el traslado? Al reverso de esa cedula tenes el informe del oficial notificador y ademas la fecha en la que fueron notificados.
Saludos, Martin
Gracias por tu respuesta Martin. No tiene cedula que notifique el traslado. Ahi radica mi duda. Porque en fecha 23 de dic se notifica el traslado por parte del tribunal (no lo he solicitado) por su actuacion de oficio.
 #1085866  por Martincho7
 
Como sabes que se notifico el 23 de diciembre si no viste la cedula?
No te estaras confundiendo con la fecha del proveido de libramiento de la cedula?
Pregunta, la otra posibilidad es que se hayan notificado expontaneamente y retirado las copias?
Pregunta bien en el juzgado y copia lo que dice en el expediente. Asi imposible opinar sin agregar mas confusion.
Saludos, Martin
 #1085868  por LAUBOG
 
Por lo general, desde que ordenan el traslado de la demanda (a vos te llega una cedula tb con el mismo despacho, ya sea al domicilio electrónico o al constituído físico) tardan vs días en despacharla. Solo podès saber si está o no notificiada del traslado la contraria viendo el expediente, en donde tiene que estar la cédula devuelta y MIRAR LO QUE ANOTO EL OFICIAL NOTIFICADOR al reverso. (si notificó, si no había nadie..). Primero mirá el expediente. No tenés alternativa.
 #1085893  por Iusgus2013
 
LAUBOG escribió:Por lo general, desde que ordenan el traslado de la demanda (a vos te llega una cedula tb con el mismo despacho, ya sea al domicilio electrónico o al constituído físico) tardan vs días en despacharla. Solo podès saber si está o no notificiada del traslado la contraria viendo el expediente, en donde tiene que estar la cédula devuelta y MIRAR LO QUE ANOTO EL OFICIAL NOTIFICADOR al reverso. (si notificó, si no había nadie..). Primero mirá el expediente. No tenés alternativa.

Gracias Lau por tu respuesta. Si, ya revise el expediente. Y hasta el momento no he tenido novedades. No me llego ninguna cedula, ni tmp figura en el expte.
 #1085907  por Iusgus2013
 
Martincho7 escribió:Pedi si hay canastilla de cédulas para agregar o que la busquen.
Muchas gracias Martin. Voy a hacer eso.
 #1086149  por Iusgus2013
 
Hola Colegas. Revise nuevamente el expediente, la canastilla y finalmente me dijeron en el tribunal que concurriera a la oficina de mandamientos para verificar cual fue la situación. El lunes ire a constatar. Una consulta, quizas sea un poco burda, pero puede ser que desde el dia 23 de dic que se hizo efectivo la notificacion para que se realice el traslado aún no hayan concurrido?
En el tribunal me dijeron que es raro porque el lugar a notificar se encuentra en un radio de 5 km como mucho...que opinan¿?
Desde ya, muchas gracias!
 #1086199  por DRA. MACA
 
viewtopic.php?f=5&t=215171&p=1085861#p1085861

Ya abriste otro post y te contestaron, estás preguntando paso a paso y los colegas te están llevando el caso on line, no abuses.
 #1086206  por Iusgus2013
 
DRA. MACA escribió:viewtopic.php?f=5&t=215171&p=1085861#p1085861

Ya abriste otro post y te contestaron, estás preguntando paso a paso y los colegas te están llevando el caso on line, no abuses.
Disculpeme Dra. Maca. El foro si mal no tengo entendido es para consultar e intercambiar opiniones. No existen abusos de mi parte. No es la primera vez que leo comentarios pocos felices de usted, por lo que agradeceria que el minimo tiempo que utiliza para abrir juicio de valor sobre mis consultas, lo utilice quizas ayudando a otros colegas. Saludos
 #1086252  por DRA. MACA
 
Iusgus2013 escribió:
DRA. MACA escribió:viewtopic.php?f=5&t=215171&p=1085861#p1085861

Ya abriste otro post y te contestaron, estás preguntando paso a paso y los colegas te están llevando el caso on line, no abuses.
Disculpeme Dra. Maca. El foro si mal no tengo entendido es para consultar e intercambiar opiniones. No existen abusos de mi parte. No es la primera vez que leo comentarios pocos felices de usted, por lo que agradeceria que el minimo tiempo que utiliza para abrir juicio de valor sobre mis consultas, lo utilice quizas ayudando a otros colegas. Saludos
Ahí la erras. Vos no intercabias nada. Solo pedís y pedís y hasta abrís mas de un post para que todos los colegas respondan todo y ademas es grave que no sepas que ed una cédula ni los plazos cosas que perfectamente están en todos los libros esos que por vagancia no quieres leer y tenemos que ver como practicas con el pobre cliente. Si es tu primer laboral lee lee y lee que si te mandas una que le vas a decir al cliente??? "Pero en el portal de abogados me dijeron que..." así que ponente las pilas no hay post tuyo donde no aparezca a pedir que por poco te hagamos los escritos. El portal no esta para que tomes de tarada a la gente e intentes que te lleven el caso paso a paso. Ayudo a los colegas que investigaron y no encontrarlos respuesta no a gente como vos que es cómoda y prefiere preguntar acá antes de ir a los libros. Te vas a comer plazos y vas a terminar haciéndole perder el juicio a tu cliente por no tomarte la molestia de leer un libro.
 #1086301  por Iusgus2013
 
DRA. MACA escribió:
Iusgus2013 escribió:
DRA. MACA escribió:viewtopic.php?f=5&t=215171&p=1085861#p1085861

Ya abriste otro post y te contestaron, estás preguntando paso a paso y los colegas te están llevando el caso on line, no abuses.
Disculpeme Dra. Maca. El foro si mal no tengo entendido es para consultar e intercambiar opiniones. No existen abusos de mi parte. No es la primera vez que leo comentarios pocos felices de usted, por lo que agradeceria que el minimo tiempo que utiliza para abrir juicio de valor sobre mis consultas, lo utilice quizas ayudando a otros colegas. Saludos
Ahí la erras. Vos no intercabias nada. Solo pedís y pedís y hasta abrís mas de un post para que todos los colegas respondan todo y ademas es grave que no sepas que ed una cédula ni los plazos cosas que perfectamente están en todos los libros esos que por vagancia no quieres leer y tenemos que ver como practicas con el pobre cliente. Si es tu primer laboral lee lee y lee que si te mandas una que le vas a decir al cliente??? "Pero en el portal de abogados me dijeron que..." así que ponente las pilas no hay post tuyo donde no aparezca a pedir que por poco te hagamos los escritos. El portal no esta para que tomes de tarada a la gente e intentes que te lleven el caso paso a paso. Ayudo a los colegas que investigaron y no encontrarlos respuesta no a gente como vos que es cómoda y prefiere preguntar acá antes de ir a los libros. Te vas a comer plazos y vas a terminar haciéndole perder el juicio a tu cliente por no tomarte la molestia de leer un libro.

En primer lugar, contesto posts y no deberia porque deber explicarselo. En segundo lugar, si ud abre juicio de valor sobre las personas sin conocerlas, claramente demuestra la clase de persona que es. Tercero, los mensajes privados que me envian los colegas diciendome que no me preocupe ni preste atencion a sus comentarios me deja en claro que no estoy errado. Saludos doc *suerte*