Hola a todxs! Tengo la siguiente consulta:
Tengo un cliente que está trabajando en negro hace 16 años. Ya se quiere ir así que la idea que tengo es intimar al empleador para que lo registre. Suponiendo que no lo haga, y que o bien lo despida directamente, o bien no lo deje ingresar y se pueda considerar despedido (previo telegrama para que aclare situación laboral en 48 hs. bajo apercibimiento de considerarse despedido), cómo calculo más o menos cuánto le podría corresponder?
Hay algunas particularidades: Es secretario en un consultorio médico (conv. 108/75 y le tocaría la 2da categoría de la escala). El sueldo básico que por la categoría son algo de 8000 (supongo que por las 48 de la LCT), pero él trabaja tres días por semana, 4 horas y le pagan $2000.
Mi primera pregunta es, la indemnización del 245 la calculo con los 2000 no??? Y las de la 24.013? Realmente estoy perdida, agradezco cualquier ayuda!
Tengo un cliente que está trabajando en negro hace 16 años. Ya se quiere ir así que la idea que tengo es intimar al empleador para que lo registre. Suponiendo que no lo haga, y que o bien lo despida directamente, o bien no lo deje ingresar y se pueda considerar despedido (previo telegrama para que aclare situación laboral en 48 hs. bajo apercibimiento de considerarse despedido), cómo calculo más o menos cuánto le podría corresponder?
Hay algunas particularidades: Es secretario en un consultorio médico (conv. 108/75 y le tocaría la 2da categoría de la escala). El sueldo básico que por la categoría son algo de 8000 (supongo que por las 48 de la LCT), pero él trabaja tres días por semana, 4 horas y le pagan $2000.
Mi primera pregunta es, la indemnización del 245 la calculo con los 2000 no??? Y las de la 24.013? Realmente estoy perdida, agradezco cualquier ayuda!