Estimados,necesito si alguien puede prestarme su opinión respecto al traslado de un incidente vencido el plazo del art 180. La dda. contesta en subsidio, previo pide el desisitimiento por haberme sobrepasado unos dias al darle traslado. Hay fallos en pcia de bs as,sobre este tema? Gracias a quienes emitan opiniones...